¿Qué pasa cuándo ocurre un accidente en las escuelas? Esto determinó la SCJN
¿Una escuela puede meterse en problemas por no atender de inmediato a un alumno accidentado, incluso si no logra localizar a sus padres? La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ya respondió a esta pregunta y su decisión cambia la forma en que deben actuar los planteles en todo el país.
El Máximo Tribunal dejó claro que, en estos casos, esperar una autorización no solo es innecesario, sino que puede convertirse en una omisión grave. Aquí en el sitio “El Mundo del Derecho” te explicamos los detalles.
Escuelas deben actuar de inmediato ante accidentes
De acuerdo con una tesis publicada en el Semanario Judicial de la Federación, las instituciones educativas tienen la obligación de proteger a sus alumnos y garantizar atención médica inmediata en caso de accidentes.
El documento establece que los planteles deben “garantizar la integridad personal de los educandos y realizar las diligencias necesarias para que, en caso de accidentes, reciban inmediatamente tratamiento médico”.
Además, subraya que esta obligación aplica incluso en situaciones donde no se ha podido contactar a los padres, ya que no se puede retrasar la atención médica por cuestiones administrativas.
No pueden escudarse en la falta de autorización
La resolución deriva de un caso en el que una escuela fue sancionada por no actuar con rapidez ante un accidente, bajo el argumento de que no contaba con autorización de los padres para trasladar al menor.
Sin embargo, el Tribunal fue enfático al señalar que ese argumento no libera de responsabilidad a la institución. En la tesis se advierte que las escuelas “no pueden aludir ausencia de responsabilidad por la falta de autorización de los padres para solicitar el traslado y la atención hospitalaria”.
Esto implica que cualquier omisión en la atención oportuna puede derivar en sanciones para los planteles educativos.
El interés superior del menor es la prioridad
La SCJN también fundamentó su decisión en el principio del interés superior de la niñez, que obliga a priorizar el bienestar de niñas, niños y adolescentes en todo momento.
En ese sentido, se precisa que las escuelas deben actuar sin demora para proteger la salud de los estudiantes, incluso si esto implica tomar decisiones urgentes sin la intervención inmediata de los padres.
El criterio jurídico lo deja claro: los planteles están obligados a actuar para que los alumnos “reciban inmediatamente el tratamiento médico adecuado para las lesiones sufridas”, priorizando su integridad física por encima de cualquier formalidad.

