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¿Pueden quitar a los hijos por infidelidad? Esto resolvió la SCJN 

En medio de separaciones conflictivas, una de las dudas más recurrentes es si la infidelidad puede convertirse en argumento para que un juez retire la custodia de los hijos.

¿Ser infiel implica perder derechos parentales? La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) se pronunció al respecto, aquí en el sitio “El Mundo del Derecho” te explicamos los detalles. 

La vida íntima no determina la custodia

Fue el pasado 25 de julio de 2019, la Primera Sala de la SCJN resolvió, al analizar el Amparo Directo en Revisión 183/2017, que la infidelidad en el matrimonio no constituye por sí misma un hecho ilícito ni puede generar consecuencias legales automáticas como sanciones civiles o la pérdida de derechos relacionados con los hijos.

En esa resolución, la Corte sostuvo que la infidelidad puede ser motivo de ruptura o conflicto entre la pareja, pero no puede transformarse en una conducta jurídicamente sancionable en materia civil o familiar.

Los ministros establecieron que el matrimonio no implica un derecho de control sobre la vida íntima del otro cónyuge y que la libertad sexual forma parte del derecho al libre desarrollo de la personalidad. En ese sentido, una conducta extramarital, por sí sola, no justifica medidas legales como quitar la custodia.

Lo que sí analizan los jueces

En asuntos de guarda y custodia, los tribunales mexicanos se rigen por el principio del interés superior del niño o adolescente. Esto significa que las decisiones judiciales deben centrarse en garantizar el bienestar físico, emocional y psicológico de los menores.

Por ello, lo que sí puede influir en una resolución es la existencia de violencia familiar, abandono, negligencia, adicciones graves o cualquier situación que ponga en riesgo la integridad de los hijos. Pero la simple infidelidad, sin afectación directa a los menores, no es suficiente para modificar la patria potestad o la custodia.

¿Qué implica este criterio?

El criterio de la SCJN deja claro que las disputas conyugales no deben confundirse con la responsabilidad parental. La conducta privada entre adultos no puede convertirse automáticamente en argumento legal para separar a una madre o padre de sus hijos.

En conclusión: la infidelidad no es causa jurídica para quitar la custodia. Lo determinante para un juez será siempre el bienestar de los menores y no los conflictos sentimentales entre los progenitores.

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