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¿Pueden cambiar el costo de los pasaportes? Esto determinó la SCJN

Pagar más por un pasaporte solo porque dura más años ha sido motivo de inconformidad para muchos mexicanos. Ante ello, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ya resolvió el tema y dejó una postura clara: sí es legal que el costo cambie dependiendo de la vigencia del documento.

La decisión no solo impacta directamente en el bolsillo, también fija un criterio clave sobre cómo el Estado puede cobrar por sus servicios. Aquí en el sitio “El Mundo del Derecho” te explicamos los detalles.

Costo mayor por vigencia sí es constitucional

El Pleno de la SCJN validó el artículo 20 de la Ley Federal de Derechos, el cual establece tarifas distintas según los años de vigencia del pasaporte.

De acuerdo con el Máximo Tribunal, este esquema tiene una lógica clara: “la diferencia en las cuotas en el pago de derechos obedece al beneficio que se obtiene por una vigencia mayor”. Es decir, quien obtiene un documento que dura más tiempo recibe un beneficio más amplio.

La Corte subrayó que, aunque el trámite concluye con la entrega del pasaporte, sus efectos se prolongan durante toda su vigencia, lo que justifica el cobro diferenciado.

Además, la SCJN consideró que no todos los usuarios están en la misma situación, y eso justifica que no todos paguen lo mismo.

No es injusto ni discriminatorio

Uno de los puntos más debatidos era si este tipo de cobro vulnera la equidad tributaria. La respuesta de la SCJN fue negativa.

El tribunal sostuvo que “no se puede considerar en la misma situación a quien disfruta por más tiempo de los efectos del documento frente a quien lo tiene por un plazo menor”, por lo que el trato distinto en el pago es válido.

Además, dejó claro que esta diferencia no depende de cuánto gana una persona, sino del alcance del servicio que recibe, es decir, del tiempo que podrá usar el pasaporte.

El fallo cierra la puerta a tarifa única

El caso llegó a la Corte luego de que una persona impugnara el cobro de un pasaporte con vigencia de diez años, argumentando que todos deberían pagar la misma cantidad.

Sin embargo, la SCJN confirmó la negativa de amparo y determinó que la norma es constitucional, al respetar los principios de proporcionalidad y equidad tributaria.

Incluso, el Máximo Tribunal señaló que las personas juzgadoras pueden apoyarse en criterios previos de la Corte —aunque no sean obligatorios— porque contribuyen a fortalecer la seguridad jurídica.

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