¿Por qué Claudia Sheinbaum dará su primer informe de gobierno a los 11 meses de su administración?
La presidenta de la República, Claudia Sheinbaum Pardo, está próxima a rendir su primer informe de gobierno, luego de 11 meses desde que inició su administración, una situación que es diferente al resto de los sexenios presidenciales en México.
Aquí, en “El Mundo del Derecho” te contamos cuál es la razón por la que la actual mandataria inició su gobierno el 1 de octubre y no el 1 de diciembre como ocurría anteriormente.
La reforma electoral que hizo que Sheinbaum iniciara su sexenio en octubre y no en diciembre
Detrás del inicio “adelantado” del sexenio de Claudia Sheinbaum hay una modificación legal importante: la reforma política-electoral del 2014.
Y es que durante el sexenio del expresidente Enrique Peña Nieto se aprobó una reforma constitucional que incluyó cambios en la fecha de las elecciones (pasaron del primer domingo de julio al primer domingo de junio) y en el inicio del sexenio presidencial. En ese sentido, actualmente, el artículo 83 de la Constitución expresa lo siguiente:
“El Presidente entrará a ejercer su encargo el 1o. de octubre y durará en él seis años. El ciudadano que haya desempeñado el cargo de Presidente de la República, electo popularmente, o con el carácter de interino o sustituto, o asuma provisionalmente la titularidad del Ejecutivo Federal, en ningún caso y por ningún motivo podrá volver a desempeñar ese puesto”.

¿Cuándo terminará el sexenio de Claudia Sheinbaum?
Aunque la reforma electoral de 2014 hizo que el expresidente Andrés Manuel López Obrador durara en la silla presidencial cinco años 10 meses, la actual presidenta sí terminará su periodo a los seis años.
Tomando en cuenta esto, el último día de su administración será el 30 de septiembre de 2030 y su sucesor o sucesora iniciará su gestión el 1 de octubre del mismo año.
1 de octubre de cada 6 años es día oficial
Otro cambio importante en materia se consolidó el 30 de septiembre de 2024 cuando en el Diario Oficial de la Federación (DOF) se confirmó que el 1 de octubre de cada seis años debe considerarse un día oficial de descanso.
A partir de ese momento, quedó reformada la fracción VII del artículo 74 de la Ley Federal del Trabajo de la siguiente manera:
“es día de descanso obligatorio el 1o. de octubre de cada seis años, cuando corresponda a la transmisión del Poder Ejecutivo Federal”.
Finalmente, cabe mencionar que si bien la transición presidencial implica un día de suspensión de labores para las y los mexicanos, otros actos oficiales como los informes de cada 1 de septiembre no lo ameritan, así que deberán cumplir con sus obligaciones habituales.

