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Ley de Amparo es aprobada en la Cámara de Diputados, ¿qué sigue ahora?

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La Cámara de Diputados aprobó en lo general y en lo particular, con modificaciones, el dictamen que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de Amparo, Reglamentaria de los Artículos 103 y 107 de la Constitución.

Con 322 votos a favor, 128 en contra y tres abstenciones, el proyecto —derivado de una iniciativa presentada por la presidenta Claudia Sheinbaum Pardo— fue devuelto al Senado de la República para los efectos de la fracción e) del artículo 72 constitucional. Aquí en el sitio “El Mundo del Derecho” te damos los detalles.

¿Qué cambia con la nueva Ley de Amparo?

Entre los puntos más relevantes aprobados destacan:

  • Restricciones a las suspensiones provisionales y definitivas: los jueces no podrán conceder amparos que frenen leyes, obras o políticas públicas consideradas de interés nacional, salvo que se acredite una afectación directa a derechos humanos.
  • Redefinición del interés legítimo: se precisan los criterios bajo los cuales una persona u organización puede promover un amparo, limitando su uso a casos con impacto individual comprobable.
  • Inclusión del amparo digital: se establecen bases legales para tramitar juicios de amparo por vía electrónica, con firmas digitales y notificaciones virtuales.
  • Ajustes procesales y plazos: la reforma también busca agilizar la tramitación de los juicios, fortalecer la coordinación entre tribunales y garantizar uniformidad en criterios.

“Con esta reforma se moderniza el juicio de amparo y se evita que intereses particulares obstaculicen decisiones del Estado mexicano”, se expuso durante el debate legislativo.

Cambios en materia de suspensión

El Pleno también aceptó la reserva de los diputados Ricardo Monreal Ávila (Morena) y Ricardo Sóstenes Mejía Berdeja (PT), que modifica la fracción XVI del artículo 129 de la Ley de Amparo.

La nueva redacción establece que podrán continuar las actividades o servicios que requieran de permisos, autorizaciones o concesiones emitidas por una autoridad federal competente, aun cuando no se cuente con ellas, siempre que no se vulneren disposiciones de orden público.

Esta modificación busca acotar el abuso de suspensiones que han sido utilizadas para detener actos administrativos, obras o servicios de interés general, sin eliminar la posibilidad de amparo cuando se acrediten violaciones graves a derechos fundamentales.

¿Qué sigue en el proceso legislativo para la Ley de Amparo?

Una vez aprobadas las reformas a los artículos 128 y 129, la Cámara de Diputados turnará el dictamen al Senado, que deberá analizar y, en su caso, ratificar los cambios antes de enviarlos al Poder Ejecutivo para su promulgación y publicación en el Diario Oficial de la Federación (DOF).

La Mesa Directiva citó a sesión para este miércoles 15 de octubre a las 11:00 horas, en modalidad semipresencial, para continuar con los trabajos legislativos.

“Con esta aprobación se da continuidad al proceso de actualización del marco jurídico del juicio de amparo”, destacó el comunicado oficial.

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