¿La identidad de género se puede condicionar a la mayoría de edad? Esto dice la SCJN
¿La edad puede ser un requisito para que el Estado reconozca tu identidad? La respuesta no es menor, porque detrás hay normas, trámites y decisiones que impactan directamente en la vida de menores de edad.
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) volvió a poner el tema de la identidad de género sobre la mesa y dejó una definición clara, aquí en el sitio “El Mundo del Derecho” te explicamos los detalles.
¿Qué dice la Corte?
Al resolver el Recurso de Inconformidad 11/2025, el máximo tribunal fue directo:
“El reconocimiento de la identidad de género no puede condicionarse a haber cumplido 18 años”.
Este criterio implica que cualquier norma o práctica que exija la mayoría de edad para rectificar documentos oficiales resulta contraria a los derechos humanos, al impedir que niñas, niños y adolescentes sean reconocidos conforme a su identidad.
La SCJN recordó que este no es un criterio nuevo. En una resolución previa, ya había invalidado disposiciones que exigían la mayoría de edad para modificar el acta de nacimiento por identidad de género en el Estado de México.
No obstante, el caso analizado evidenció un problema recurrente: aunque la norma fue eliminada, podría seguir aplicándose en la práctica, lo que motivó una nueva intervención del tribunal.
Ordenan revisar si incumplen la sentencia
Frente a ello, la Corte determinó que la denuncia presentada no podía desecharse sin estudiar el fondo del asunto, por lo que ordenó admitirla.
El objetivo es claro: verificar si las autoridades del Registro Civil están incumpliendo la sentencia que eliminó ese requisito.
En este punto, el tribunal enfatizó que: “Las sentencias de la Suprema Corte son obligatorias”, por lo que ninguna autoridad puede mantener vigente, de facto, una disposición ya invalidada.
La identidad es un derecho, no una condición
Más allá del caso concreto, la resolución fortalece el derecho a la identidad de género de niñas, niños y adolescentes, al reconocer que se trata de un elemento esencial de la personalidad.
Además, establece una obligación clara para el Estado: no solo eliminar barreras legales, sino garantizar que en la práctica no existan restricciones indebidas.
El mensaje es contundente: la identidad de género no es negociable ni puede condicionarse a la edad.

