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¿Es prueba suficiente un testimonio de violencia familiar? Esto resolvió la SCJN

En un nuevo criterio judicial, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) estableció que la declaración de la víctima en casos de violencia familiar tiene valor preponderante para acreditar cómo, cuándo y dónde ocurrieron los hechos denunciados. 

Esto implica que aun sin testigos presenciales, los testimonios de las víctimas deben reconocerse como prueba fundamental. Aquí en el sitio de “El Mundo del Derecho” te damos los destajes al respecto. 

Criterio del tribunal

El Segundo Tribunal Colegiado de Circuito del Centro Auxiliar de la Cuarta Región, con residencia en Xalapa, Veracruz, determinó que “la declaración de la víctima tiene valor preponderante para acreditar las circunstancias de tiempo, modo y lugar en que acontecieron los hechos denunciados”.

En el fallo también se destacó que exigir un recuento minucioso y sin errores de cada agresión no es razonable, pues los actos de violencia suelen ser reiterados. 

El tribunal subrayó que “ni siquiera es indispensable detallar, sin margen de error, los insultos, amenazas, humillaciones e intimidación que se le profirieran a la víctima”, ya que dichos elementos pueden acreditarse con apoyo en dictámenes psicológicos.

Caso que originó la tesis

El criterio se emitió a partir del amparo directo promovido por un hombre condenado por agredir física y psicológicamente a su esposa. 

El sentenciado argumentó que el testimonio no fue contundente porque no señaló con exactitud las circunstancias de cada hecho.

El tribunal rechazó su postura y concluyó que la declaración de la víctima era suficiente para acreditar el delito, ya que reflejaba un patrón de agresiones recurrentes, intencionales y cíclicas a lo largo del matrimonio.

La tesis fue aprobada por unanimidad de votos, con ponencia de la magistrada Selina Haidé Avante Juárez, y publicada el 5 de septiembre de 2025 en el Semanario Judicial de la Federación, bajo el registro digital 2031156.

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