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¿El Estado debería emitir una ley para regular el cambio climático? Esto dice la Corte 

El cambio climático es uno de los mayores desafíos en la actualidad, pero también ha generado dos en materia legal. Una de ellas gira en torno a si las autoridades están obligadas a expedir leyes específicas para hacer frente a este fenómeno.

Al resolver un juicio de amparo, la Suprema Corte fijó un criterio sobre las responsabilidades del Estado en materia ambiental. Aquí en el sitio “El Mundo del Derecho” te explicamos los detalles. 

¿Qué dice la Corte? 

Al resolver el Amparo en Revisión 688/2024, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) reconoció que existe una obligación del Estado de adecuar el marco jurídico para proteger el derecho a un medio ambiente sano frente a los efectos del cambio climático.

Sin embargo, la Corte concluyó que esa obligación no significa que el Congreso deba expedir necesariamente una ley específica sobre un tema determinado.

El caso surgió luego de que organizaciones civiles reclamaran que el Congreso había omitido emitir una legislación para eliminar gradualmente el uso de carbón en la generación de energía eléctrica. A su juicio, esa falta de regulación vulneraba el derecho de las personas a disfrutar de un medio ambiente sano.

No obstante, el máximo tribunal determinó que, aunque existe el deber de avanzar en la protección ambiental, no hay un mandato constitucional expreso que obligue al Poder Legislativo a emitir una ley con esas características específicas.

¿Por qué la Corte descartó una omisión legislativa?

La SCJN explicó que una omisión legislativa sólo puede configurarse cuando la Constitución ordena expresamente regular un tema determinado y el órgano legislativo incumple ese mandato.

En este asunto, la Corte concluyó que no existe una disposición constitucional que obligue al Congreso a expedir una ley específica para eliminar gradualmente el uso de carbón en la producción de energía eléctrica.

Por ello, determinó que no podía declararse la existencia de una omisión legislativa en los términos planteados por las organizaciones promoventes.

Además, la resolución reconoció que las asociaciones civiles tenían interés legítimo para promover el juicio de amparo, al tratarse de un asunto relacionado con la protección ambiental y el derecho colectivo a un medio ambiente sano.

La obligación ambiental sigue vigente

Aunque rechazó la existencia de una omisión legislativa, la Suprema Corte dejó claro que las autoridades sí tienen la obligación de adecuar las normas y políticas públicas para fortalecer la protección del medio ambiente.

La resolución señala que el Estado debe impulsar acciones encaminadas a reducir emisiones contaminantes, incorporar criterios de eficiencia energética, disminuir la huella de carbono y cumplir los compromisos internacionales asumidos por México en materia ambiental.

De esta manera, la Corte reiteró que la protección del medio ambiente sano es una obligación constitucional que debe reflejarse en el marco jurídico vigente, aun cuando ello no implique necesariamente la creación de una ley específica sobre cambio climático o sobre una fuente particular de energía.

Con esta decisión, el máximo tribunal sostuvo que proteger el medio ambiente no es una tarea opcional, sino una responsabilidad permanente de las autoridades para garantizar derechos fundamentales relacionados con la salud, el bienestar y la calidad de vida de las personas.

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