Cargando

Escribe para buscar

¿Cuál es el castigo por hacer del baño en vía pública? Esto dice la ley

¿Tienes urgencia por ir al sanitario y andas en la calle? Quizá para algunas personas la mejor opción sería hacer del baño en alguna esquina de la Ciudad de México, pero antes debes saber que dicha actividad está prohibida y recibirá una multa.

El objetivo del sitio “El Mundo es brindarte información de calidad, por eso a continuación te damos los detalles sobre el castigo que marca la ley.

Sigue leyendo: PRD se salva: Alcanza registro como partido local en la CDMX

¿Qué delito es hacer del baño en la calle?

De acuerdo con la Ley de Cultura Cívica de la Ciudad de México se considera que orinar o defecar en plena calle es una infracción en contra del entorno urbano, por lo que aquellas personas que fuesen sorprendidas serían acreedoras a una multa.

“Orinar o defecar en los lugares a los que se refiere el artículo 5 de esta ley”, así lo menciona el artículo 29 de la Ley de Cultura Cívica.

Es decir que en la infracción por hacer del baño se contemplan distintos espacios de la vía pública, tales como: avenidas (calzadas o viaductos), vías terrestres de comunicación, paseos peatonales, jardines, parques o áreas verdes, áreas deportivas; así lo menciona el artículo 5 de la misma ley.

¿Cuánto se pagaría de multa por hacer del baño en la calle?

La Ley de Cultura Cívica de la Ciudad de México establece que aquellas personas que sean sorprendidas haciendo del baño, ya sea orinar o defecar, en plena calle serían acreedores a una multa.

La multa por hacer del baño en calles de la Ciudad de México sería equivalente a entre 11 y hasta 40 Unidades de Medida y Actualización (UMA); esto sería equivalente a una suma desde mil 94 pesos y hasta los cuatro mil 342 pesos, de acuerdo con el valor de la UMA 2024.

Y esto no sería todo, dado que aquella persona que se atreva a hacer del baño en plena calle y sea sorprendida podría ser arrestada durante un periodo de entre 13 y hasta 24 horas. También existe la posibilidad de las personas infractoras sean obligadas a cubrir con seis o hasta doce horas de trabajo comunitario.

“Infracciones tipo B, se sancionarán con multa equivalente de 11 a 40 Unidades de Medida y Actualización, o arresto de 13 a 24 horas, en favor de la comunidad de 6 a 12 horas”, así lo menciona el artículo 31 de dicha ley.

Sigue leyendo: ¿A favor o en contra de la reforma judicial? Esta es la postura de Xóchitl Gálvez

Es importante mencionar que aquellas personas que sean sorprendidas haciendo del baño, ya sea orinar o defecar, en plena calle y en estado de ebriedad podrían recibir una sanción mayor. Debido a que el juez correspondiente podría considerarlo como una acción agravante.

Además, hacer del baño en plena calle no solamente sería una acción que infringe la ley, sino que también es antihigiénico y por ende es mal visto por la sociedad.

Evidentemente la urgencia por ir al baño es una situación que nos puede ocurrir a cualquier persona en las calles de la Ciudad de México, por eso al enfrentar dicha situación la mejor opción sería buscar algún sanitario en restaurante, plaza comercial o negocio.

Etiquetas:

Quizás te guste