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Ciberasedio: ¿qué es y qué determinó la Suprema Corte al respecto?

¿Un comentario en redes sociales puede llevarte a la cárcel? Esa fue la preocupación que llevó hasta la justicia una figura penal conocida como “ciberasedio”, que buscaba sancionar conductas en el entorno digital, pero que terminó en el centro del debate constitucional.

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) analizó este delito y llegó a una conclusión contundente. Aquí en el sitio “El Mundo del Derecho” te explicamos los detalles.

Ciberasedio, desde delitos graves hasta interacciones cotidianas

El análisis se centró en el artículo 480 del Código Penal de Puebla, que tipificaba el delito de ciberasedio.

El Pleno determinó que la redacción no cumplía con los estándares constitucionales, ya que “no se definía con claridad cuáles conductas se prohibían… por lo que las personas no podían saber con certeza qué está prohibido ni cómo evitar ser sancionadas”.

Esta falta de precisión vulneraba la seguridad jurídica y el principio de taxatividad, fundamentales en materia penal.

Uno de los puntos más delicados fue el alcance de los términos utilizados en la norma.

La Corte explicó que verbos como “vigilar”, “hostigar”, “ofender” o “intimidar” no estaban suficientemente acotados.

Esto implicaba que la disposición podía aplicarse tanto a conductas realmente dañinas como a interacciones comunes en redes sociales, lo que abría la puerta a interpretaciones arbitrarias y a la criminalización de expresiones que no necesariamente constituyen un delito.

No todo debe resolverse por la vía penal

El tribunal también subrayó que existen mecanismos menos restrictivos para atender ciertos conflictos.

En ese sentido, señaló que la disposición permitía sancionar penalmente conductas que podrían atenderse por otras vías menos restrictivas.

Entre ellas, procedimientos civiles, administrativos o medidas de protección.

Como parte de la resolución, la Corte determinó que la invalidez del delito tendrá efectos retroactivos en favor de las personas afectadas.

Esto implica que:

• Los casos basados en esta norma pueden revisarse

• Se eliminan sus efectos desde su entrada en vigor

En conclusión: la SCJN invalidó el delito de ciberasedio por su ambigüedad, al considerar que ponía en riesgo la libertad de expresión y la seguridad jurídica.

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