Buen Fin 2025: ¿qué estipula el marco de la ley sobre las ofertas falsas?
La edición del Buen Fin 2025 promete grandes descuentos en miles de productos y servicios, pero también despierta una pregunta clave: ¿qué sucede cuando una “oferta” resulta engañosa o no cumple lo anunciado?
El marco legal mexicano brinda herramientas para vigilar y sancionar prácticas como promociones falsas, precios inflados antes del evento o “meses sin intereses” simulados. Aquí en el sitio “El Mundo del Derecho” te damos los detalles al respecto.
¿Cuándo es falsa una oferta?
El programa del Buen Fin está regulado por la Secretaría de Economía (SE) mediante sus Reglas de Operación 2025, las cuales fijan los requisitos para que los comercios participen formalmente. Entre ellos: registrarse en el portal oficial, identificar correctamente su publicidad y aceptar la supervisión de las autoridades.
Según este marco, los comercios deben garantizar que sus promociones sean veraces y que toda la información publicada —precio, plazos y condiciones— sea comprobable. Además, la Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco) tiene facultades para revisar de oficio o por denuncia cualquier irregularidad.
“El objetivo del Buen Fin no es sólo ofrecer precios bajos, sino fomentar prácticas comerciales responsables y transparentes”, ha señalado Profeco en comunicados recientes.
Para ello existen señales que pueden alertar sobre una posible oferta engañosa, tales como:
• Cuando el comercio eleva los precios días antes del Buen Fin para después “rebajarlos”.
• Cuando los “meses sin intereses” esconden costos adicionales o recargos.
• O cuando las condiciones del descuento no coinciden con la publicidad mostrada.
De acuerdo con la Ley Federal de Protección al Consumidor (LFPC), toda publicidad debe ser clara, veraz y comprobable. Difundir información falsa o confusa sobre precios, promociones o plazos constituye una violación legal.
Cuando se detectan prácticas engañosas, Profeco puede imponer sanciones que van desde la suspensión del uso del logotipo del Buen Fin, hasta multas económicas y la revocación del registro del comercio participante.
Sanciones por publicidad engañosa
Con base en la LFPC, las multas por publicidad falsa o engañosa pueden alcanzar hasta 4 millones de pesos, dependiendo de la gravedad y reincidencia del comercio. Además, el proveedor podría ser obligado a reembolsar al consumidor o reparar el daño económico causado.
Estas disposiciones se sustentan en los artículos 32 y 128 de la ley, que obligan a los proveedores a acreditar la veracidad de su publicidad y sancionan a quienes usen información o imágenes que puedan inducir a error.
El programa del Buen Fin también prevé imponer la exclusión inmediata del registro oficial a quienes incumplan con estas normas.
En conclusión, el Buen Fin 2025 será una oportunidad para que millones de familias adelanten compras o aprovechen rebajas. Sin embargo, la ley recuerda que no todo descuento es real y que la transparencia es una obligación legal, no una estrategia de mercadotecnia.

