Avanza reforma contra el abuso: así cambiaría el Código Penal Federal
El delito de abuso sexual en México tendrá una definición más amplia, reglas más claras sobre el consentimiento y nuevas agravantes si logra entrar en vigor la reforma aprobada por la Cámara de Diputados. Con 431 votos a favor, el pleno avaló por unanimidad cambios a los artículos 260 y 266 Bis del Código Penal Federal para fortalecer la protección de las víctimas y evitar interpretaciones que minimicen la violencia sexual.
El dictamen, ya enviado al Ejecutivo Federal, no solo redefine la conducta delictiva, sino que establece que el consentimiento no puede presumirse por el silencio o la falta de resistencia física, uno de los puntos más relevantes de la modificación. Aquí en el sitio “El Mundo del Derecho” te explicamos los detalles.
Una definición más precisa del abuso sexual
La reforma aprobada en el Poder Legislativo establece que comete abuso sexual quien, “sin el consentimiento de la víctima y sin el propósito de llegar a la cópula, realice en el ámbito público o privado cualquier acto de naturaleza sexual, la obligue a observarlo, o la haga ejecutarlo sobre sí, para un tercero o para el propio sujeto activo”.
También se considerará abuso sexual cuando se obligue a la víctima a exhibir su cuerpo. El texto aclara que por acto sexual se entienden “los tocamientos, caricias, roces corporales, exhibiciones o representaciones sexuales explícitas”.
Uno de los cambios centrales es que “no se considera consentimiento cuando la voluntad de la persona haya sido anulada o viciada por violencia, intimidación, engaño, amenaza, abuso de confianza, autoridad o situación de vulnerabilidad”. Además, la reforma subraya que “el consentimiento no podrá presumirse del silencio, la pasividad o la falta de resistencia física de la víctima”.
Más sanciones y medidas obligatorias
Quien cometa este delito enfrentará de tres a siete años de prisión y una multa de doscientas a quinientas veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización (UMA).
Pero la reforma va más allá de la pena de cárcel. La persona agresora deberá acudir a talleres reeducativos con perspectiva de género y no violencia contra las mujeres o prestar servicio social en favor del Estado o instituciones de beneficencia pública. El cumplimiento de estas medidas será determinante para la procedencia y continuidad de la suspensión condicional.
El delito, además, se perseguirá de oficio.
Agravantes más claras y severas
Con dicha reforma las penas aumentarán en una tercera parte cuando el abuso se cometa con violencia física, psicológica o moral; por dos o más personas; en lugares despoblados; o cuando exista relación de confianza, parentesco, vínculo laboral, educativo, religioso o de dependencia.
También se agravan las sanciones cuando el agresor sea persona servidora pública y se aproveche de su cargo. En ese caso, además de la prisión, será destituido e inhabilitado para ejercer funciones públicas por un plazo igual al de la pena impuesta.
Si el delito es cometido por un profesionista o ministro de culto aprovechando su posición, se prevé igualmente la inhabilitación para ejercer su actividad durante el mismo tiempo que dure la pena privativa de libertad.
Asimismo, se consideran circunstancias agravantes cuando la víctima esté bajo efectos de alcohol o sustancias, en estado de embarazo, en situación de indefensión, o cuando el delito se cometa por motivos relacionados con orientación sexual, identidad o expresión de género.
Reparación integral y cambio cultural
Además de las sanciones penales, se impondrá la reparación integral del daño, que deberá incluir atención psicológica especializada para la víctima hasta su total recuperación.
El dictamen sostiene que la reforma “fortalece la coherencia del marco jurídico vigente y contribuye a una aplicación más eficaz y justa del derecho penal en materia de delitos sexuales”, al tiempo que busca mayor proporcionalidad en las penas y medidas orientadas a la no repetición.
Con estos cambios, el Congreso avanza hacia un marco penal más claro en materia de abuso sexual y refuerza la protección legal de las víctimas.

