Avanza prohibición de vapeadores: así quedarían las penas en México
La Cámara de Diputados aprobó en lo general un dictamen sobre la prohibición de vapeadores y cigarrillos electrónicos en México. ¿De cuánto serían las penas y en qué casos aplicarían?
Aquí, en el sitio El Mundo del Derecho te compartimos lo que se sabe de esta iniciativa de reforma a la Ley General de Salud.
Penas que habría por los vapeadores en México
El Pleno de San Lázaro aprobó en lo general, el dictamen por el que se reforma la Ley General de Salud para la “prohibición de cigarrillos electrónicos, vapeadores y otros sistemas o dispositivos análogos”.
Con 324 votos a favor, 129 en contra y 0 abstenciones, la Cámara aprobó en lo general, una serie de modificaciones que contemplan de uno a ocho años de prisión y multas de entre 100 y 2,000 veces el valor de la Unidad de Medida y Actualización (UMA) para quienes vendan o fabriquen estos artefactos.
¿La reforma implica sanciones para los consumidores?
De acuerdo con Pedro Zenteno, presidente de la Comisión de Salud, la nueva reforma que prohíbe los vapeadores no contempla sanciones para los consumidores de forma individual.
El legislador morenista explicó que las sanciones únicamente serán aplicables para quienes tengan relación con el proceso de comercialización de este tipo de productos.
Otros cambios con la reforma
En caso de que esta reforma se llegue a aprobar en su totalidad, también contempla otros aspectos relevantes. Entre ellos destaca la prohibición de la publicidad o propaganda de los cigarrillos electrónicos por cualquier medio o plataforma.
No obstante, es conveniente señalar que la discusión continúa en lo particular en la Cámara de Diputados. En ese sentido, para su entrada en vigor deberá seguir el procedimiento legislativo y posterior publicación en el Diario Oficial de la Federación (DOF).

