¿Se prohibirá pedir la constancia de antecedentes penales? Esto dice la iniciativa
¿Qué pasa si consigues una entrevista y, antes de contratarte, te piden la constancia de antecedentes penales? Para alguien que ya cumplió una condena, ese documento puede ser un obstáculo para volver a trabajar.
Una iniciativa en el Senado busca que las empresas no puedan exigirte ese documento para un puesto. Aquí en el sitio “El Mundo del Derecho” te explicamos los detalles.
¿En qué consiste la iniciativa?
El senador Luis Donaldo Colosio Riojas impulsa la iniciativa para facilitar que las personas que ya cumplieron una condena vuelvan a trabajar.
Se trata de una reforma al artículo 133 de la Ley Federal del Trabajo (LFT), una medida que busca prohibir que los empleadores exijan la constancia de antecedentes penales “como requisito para la contratación o la permanencia en el empleo”, salvo en los casos previstos por la ley.
La medida iría más allá de las vacantes en mercado laboral, dado que también buscaría que el documento no se exija para acceder a una vivienda, estudiar o recibir servicios.
¿En qué puestos sí podrían pedir la constancia?
Actualmente, el artículo 27 de la Ley Nacional de Ejecución Penal permite expedirla, entre otros casos, “por la naturaleza del empleo o por razones de interés público”. Pero la iniciativa acotaría esa regla: debido a que para exigirla en un puesto, una ley tendría que señalarla como requisito.
Entre los casos contemplados están ciertos cargos públicos, los empleos en instituciones de seguridad pública o privada y los puestos en fiscalías y tribunales. También se incluyen labores de cuidado de menores de edad, personas mayores o personas con discapacidad.
¿Ya es oficial?
No, la iniciativa todavía no es aprobada y las reglas siguen vigentes. Por lo que el documento se puede seguir expidiendo en aquellos casos que señala el artículo 27 de la Ley Nacional de Ejecución Penal.
En conclusión: si el requisito de carta de antecedentes no penales aparece en una vacante, conviene preguntar qué disposición lo respalda para ese puesto. El hecho de que una empresa lo incluya en su lista de documentos no basta para saber si el caso está previsto en la ley.

