¿Por qué es válida la participación política de las mujeres? Esto dice la Corte
Aparecer en una boleta electoral no siempre significa competir con las mismas oportunidades. Para las mujeres, llegar a una presidencia municipal todavía puede implicar abrirse paso en lugares donde ninguna ha sido electa para ocupar ese cargo.
Pero, ¿qué puede hacerse para cambiar ese panorama? La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) analizó este tema, aquí en el sitio “El Mundo del Derecho” te explicamos los detalles.
¿Qué dice la Corte sobre las candidaturas de mujeres?
Al resolver la acción de inconstitucionalidad 104/2026, el Pleno de la SCJN validó la regla para que los partidos políticos postulen a mujeres para encabezar las planillas de ayuntamientos en al menos dos municipios de Querétaro, lugares donde nunca hayan sido electas presidentas municipales por voto popular.
El Máximo Tribunal determinó que esta medida se encuentra prevista en la Ley Electoral del estado y contribuye a corregir la exclusión de las mujeres en el acceso a cargos públicos.
“La paridad no se limita a registrar un número equivalente de candidaturas de mujeres y hombres, sino que exige generar condiciones para el acceso efectivo de las mujeres a los cargos públicos”, señala el comunicado.
Es decir, las legislaturas locales pueden establecer medidas para atender las desigualdades existentes, siempre que respeten los derechos y principios constitucionales.
¿Cómo evitar candidaturas con menos posibilidades de ganar?
La obligación forma parte de un sistema que agrupa los municipios en bloques de competitividad baja, media y alta, conforme a la votación que obtuvo cada partido en la elección anterior.
En ese esquema deben distribuirse las candidaturas de forma paritaria. Además, se prohíbe concentrar exclusivamente a las mujeres en los municipios con menor votación dentro de cada bloque.
Por su parte, la ministra Yasmín Esquivel destacó que cinco de los 18 municipios de Querétaro nunca han tenido una presidenta municipal electa por voto popular.
“Hemos avanzado para cerrar la brecha entre mujeres y hombres en el acceso a los cargos públicos, pero la igualdad formal todavía no garantiza las mismas oportunidades para llegar a los espacios de decisión”, mencionó la ministra.
¿La medida impide competir a los hombres?
No, la Corte explicó que los partidos políticos deben conservar un margen para elegir los municipios donde cumplirán la obligación y definir sus estrategias de postulación. Mientras que regla tampoco determina quién ganará las elecciones: esa decisión se conoce en las urnas.
“La norma no reserva de antemano municipios específicos para excluir a los hombres ni predetermina los resultados de las elecciones”, precisa la SCJN.
En conclusión: la Corte estableció una condición para impulsar las candidaturas de mujeres en lugares donde ninguna ha conseguido un cargo por voto, un factor que busca promover la paridad de género.

