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Testamento: ¿es necesario actualizar este documento con el paso de los años?

Cuando firmas el testamento, quizá tu familia y tu patrimonio eran distintos. Desde entonces pudieron nacer hijos, cambiar tus decisiones o fallecer alguna de las personas que elegiste para heredar. 

Pero, ¿lo que dejaste escrito en el testamento sigue siendo válido o se necesita renovar? Aquí en el sitio “El Mundo del Derecho” te explicamos los detalles. 

¿El testamento se tiene que renovar? 

No existe una obligación legal para renovar el testamento público únicamente por su antigüedad. Es decir, si fue otorgado conforme a la ley, el paso de los años no basta para dejarlo sin efectos.

El artículo 1295 del Código Civil para el Distrito Federal, aplicable en la CDMX, define el testamento como un acto “personal, revocable y libre”. Esto significa que la persona conserva la posibilidad de cambiar su decisión mientras viva, cumpliendo las formalidades legales. 

Por ello, tener un testamento antiguo no implica que deba sustituirse. Sin embargo, es necesario analizar si todavía refleja cómo quieres entregar tus bienes y a quiénes deseas beneficiar. 

¿Qué cambios conviene revisar en el testamento? 

Una revisión del testamento resulta útil cuando las decisiones familiares o patrimoniales ya no coinciden con lo que dice el documento. Por ejemplo:

  • Falleció un heredero: Conviene comprobar si nombraste sustitutos y qué ocurriría con la parte que le habías destinado.
  • Cambió tu familia: Un nacimiento, matrimonio o divorcio puede llevarte a reconsiderar las designaciones.
  • Compraste o vendiste propiedades: Es importante revisar las cláusulas si dejaste bienes específicos a determinadas personas.
  • Quieres cambiar de albacea: Puedes reconsiderar quién se encargará de cumplir las instrucciones y administrar la herencia.

¿Cómo se modifica el testamento y cuál queda vigente?

Para cambiar un testamento debes acudir a una notaría y expresar tus nuevas instrucciones. El artículo 1512 del Código Civil capitalino indica que “el testador expresará de modo claro y terminante su voluntad al notario”. 

Además, el mismo Código Civil establece que un testamento posterior válidamente otorgado revoca al anterior. 

En conclusión: la antigüedad no obliga a cambiar el testamento, pero una nueva voluntad sí necesitaría quedar formalizada para que sea tomada en cuenta al repartir la herencia.

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