Skip to content Skip to footer

SCJN: ¿las violaciones a los derechos humanos se pueden dejar de investigar por el tiempo? 

Cuando una investigación se prolonga durante años, aparece una pregunta inevitable: ¿llega un momento en que la justicia ya no puede continuar?

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) retomó esta discusión al revisar un caso relacionado con el incendio de la Guardería ABC. Aquí en el sitio “El Mundo del Derecho” te explicamos los detalles. 

¿Qué dice la Corte? 

El Amparo en Revisión 648/2024 llegó a la Corte después de que una persona vinculada a proceso por su probable responsabilidad en el incendio de la Guardería ABC sostuvo que los delitos ya habían prescrito. 

Su argumento era que se trataba de conductas culposas y había transcurrido el plazo legal para perseguirlas.

La acusación está relacionada con homicidio y lesiones culposos bajo la modalidad de comisión por omisión. Esto significa que se investiga si la persona dejó de actuar pese a tener la obligación de prevenir un daño.

El Pleno determinó que la acción penal no prescribe en este caso, ya que lo ocurrido representa una grave violación a los derechos humanos. Por lo tanto, la investigación y el proceso pueden continuar aunque hayan pasado varios años. 

¿Por qué el caso de la Guardería ABC no prescribe?

Es importante recordar que este caso ocurrió el 5 de junio de 2009 en Hermosillo, Sonora. Un incidente que comenzó en una bodega y se extendió hasta la guardería del IMSS, donde murieron 49 niñas y niños y muchas otras personas resultaron lesionadas.

Para la Corte, la magnitud de lo sucedido afectó derechos como la vida, la salud y la integridad física y emocional de las víctimas. El análisis no se quedó únicamente en determinar si existió una acción o una omisión, sino que tomó en cuenta el daño provocado y sus consecuencias.

La sentencia señala que, frente a graves violaciones a los derechos humanos, “lo relevante es la magnitud de los daños causados y sus repercusiones”. Eso permite mantener abierta la vía penal y proteger el derecho de las víctimas y sus familias a conocer la verdad, acceder a la justicia y obtener una reparación. 

¿Ningún delito cometido contra menores prescribe?

La Corte aclaró que la mayoría de los delitos sí está sujeta a plazos de prescripción. La excepción se presenta cuando los hechos alcanzan el nivel de una grave violación a los derechos humanos, algo que debe revisarse a partir de las circunstancias de cada caso.

La resolución también considera el artículo 106 de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, aquí se establece que “no podrá declararse la caducidad ni la prescripción en perjuicio de niñas, niños y adolescentes”.

En conclusión: el paso del tiempo no puede detener el proceso, por lo que las autoridades deberán continuar con el caso, esclarecer los hechos y determinar si existen responsabilidades penales. 

powered_inventiva_blanco (1) (2) (1)

© 2026 El Heraldo de México – All rights reserved