Skip to content Skip to footer

¿Permisos extraordinarios en horario laboral? Esto dice la iniciativa

¿Una emergencia de cuidado puede esperar hasta la hora de salida? Cuando se trata de una persona con discapacidad o enfermedad crónica, la atención podría requerirse de inmediato.

Ante esta situación, una propuesta legislativa busca otorgar a los trabajadores permisos extraordinarios. Aquí en el sitio “El Mundo del Derecho” te explicamos los detalles.

¿En qué consiste la iniciativa de permisos extraordinarios?

La iniciativa presentada por la senadora Cristina Ruiz Sandoval, plantea que una persona trabajadora tenga posibilidad de separarse de sus labores durante un tiempo determinado para atender cualquier situación extraordinaria de cuidado.

Para lograrlo, la senadora propone añadir el artículo 68-A a la Ley Federal del Trabajo (LFT). Sería una nueva disposición para reconocer el permiso a un trabajador para atender a una persona que requiera cuidados especiales por motivos de discapacidad o enfermedad crónica.

La propuesta también busca agregar una fracción XXXIV al artículo 132 de la LFT, donde se establecen las obligaciones de los patrones. Así el permiso para las y los trabajadores dejaría de depender únicamente de las reglas internas o de la decisión de cada empresa.

Pero es importante aclarar que no se trataría de una autorización permanente o una vía para faltar sin explicación. El propósito real es atender situaciones imprevistas que exijan la presencia del trabajador durante su jornada.

“Reconocer una vía de ausencia temporal, justificada y acotada permite que las personas trabajadoras atiendan emergencias reales sin abandonar de forma permanente su empleo”, explicó la senadora.

¿Quiénes podrían solicitar el permiso laboral?

El permiso estaría dirigido a quienes tengan la responsabilidad, guarda o custodia de la persona que necesite atención especial debido a una discapacidad o enfermedad crónica.

La iniciativa plantea que la persona trabajadora tendría que solicitarlo a su jefe y después contaría con un plazo máximo de dos días hábiles para justificar dicha ausencia. Así sería posible atender primer la emergencia y después la justificación.

La propuesta no solamente contempla a personas trabajadoras en el sector privado, sino también a quienes se desarrollan en dependencias y entidades públicas.

“El derecho al cuidado y el derecho al trabajo deben armonizarse mediante reglas claras, justificables y proporcionales”, añadió la senadora.

¿Ya entró en vigor?

No, la iniciativa aún tendrá que ser analizada y votada en el Poder legislativo. Si logra recibir el respaldo de la Cámara de Diputados y de Senadores, tendrá que publicarse en el Diario Oficial de la Federación (DOF) para su entrada en vigor.

Hasta que ese proceso concluya, los permisos para atender este tipo de emergencias seguirán dependiendo de la ley vigente y a las reglas de cada centro de trabajo.

powered_inventiva_blanco (1) (2) (1)

© 2026 El Heraldo de México – All rights reserved