¿Se necesita permiso para remodelar o pintar un inmueble? Esto supone la ley
Pintar una casa, cambiar los pisos o remodelar una habitación son trabajos que muchas personas realizan para mejorar su vivienda. Pero antes de empezar la obra surge una duda: ¿es necesario tramitar un permiso o basta con ser el propietario del inmueble?
La respuesta depende del tipo de trabajos que se pretenden realizar, aquí en el sitio “El Mundo del Derecho” te explicamos los detalles.
¿Qué estipula la ley?
El Reglamento de Construcciones de la Ciudad de México establece en el artículo 61, como regla general, que las obras de construcción, ampliación, modificación, reparación o demolición deben realizarse mediante una Manifestación de Construcción o una Licencia de Construcción Especial, según corresponda.
Pero dicha regla contempla excepciones, el artículo 62 señala que existen trabajos que no requieren ninguno de esos trámites por tratarse de labores de mantenimiento o reparaciones menores que no ponen en riesgo la estructura del inmueble.
Entre ellas se encuentran:
- La reposición o reparación de acabados, siempre que no se afecten elementos estructurales.
- La reparación o instalación de servicios, como instalaciones hidráulicas, sanitarias o eléctricas, cuando no impliquen modificar la estructura.
- La impermeabilización y reparación de azoteas, siempre que no se alteren elementos estructurales.
- La colocación de divisiones interiores en oficinas o comercios, cuando el peso haya sido previsto en el diseño estructural.
En ese sentido, trabajos como pintar una vivienda, cambiar pisos, sustituir acabados o realizar reparaciones menores, por regla general, no requieren tramitar una manifestación o licencia, siempre que no modifiquen la estructura del inmueble.
¿En qué casos sí es obligatorio solicitar un permiso?
La situación cambia cuando la remodelación deja de ser un simple trabajo de mantenimiento y modifica las condiciones originales de la construcción.
Por ejemplo, ampliar una vivienda, construir un nuevo nivel, demoler muros estructurales, modificar la distribución que comprometa la estabilidad del inmueble o ejecutar obras de mayor impacto sí puede requerir una Manifestación de Construcción o una Licencia de Construcción Especial, conforme a lo previsto en el artículo 61 del Reglamento de Construcciones para la capital.
Además, dependiendo de la naturaleza del proyecto, también podrían ser necesarios otros permisos relacionados con el uso de la vía pública, inmuebles catalogados o normas de desarrollo urbano.
¿La misma regla aplica en todo México?
No, las disposiciones antes mencionadas corresponden a la Ciudad de México, por lo que únicamente son aplicables a los inmuebles ubicados en la capital del país.
En el resto de las entidades, cada estado y municipio cuenta con su propio Reglamento de Construcciones y legislación en materia de desarrollo urbano, por lo que los permisos, avisos y requisitos pueden variar de una localidad a otra.
En conclusión: si la remodelación implica algo más que labores de mantenimiento, lo más recomendable es consultar la normativa vigente de la localidad en donde se ubique el inmueble antes de iniciar cualquier obra.

