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¿Se puede garantizar la educación superior gratuita? Esto dice la Corte 

Las universidades públicas pueden establecer reglas para organizar su funcionamiento. Pero, ¿qué ocurre cuando esas disposiciones terminan afectando el derecho a la educación? 

La Suprema Corte respondió esa interrogante al revisar un caso ocurrido en Guanajuato, aquí en el sitio “El Mundo del Derecho” te explicamos los detalles. 

¿Qué analizó la Corte? 

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) precisó que ese derecho requiere reglas claras y garantías presupuestales para hacerse efectivo.

Al resolver el Amparo en Revisión 526/2025, el máximo tribunal concluyó que las autoridades tienen la obligación de avanzar de manera progresiva en la garantía de la educación superior gratuita, lo que incluye destinar recursos suficientes para cumplir con ese mandato constitucional.

En el caso analizado, un estudiante de maestría fue dado de baja de la Universidad de Guanajuato tras realizar de forma extemporánea el pago de su reinscripción. En el juicio de amparo también reclamó que el Congreso del estado no había asignado recursos suficientes para garantizar la gratuidad de la educación superior.

¿Qué resolvió la Suprema Corte?

La SCJN concedió el amparo al estudiante y ordenó su reincorporación al programa de maestría, la restitución de sus derechos académicos y la regularización de su situación respecto de la beca que recibía.

Asimismo, determinó que el Congreso del Estado de Guanajuato incurrió en una omisión al no prever recursos suficientes para avanzar en la garantía del derecho a la educación superior gratuita.

La Corte explicó que, aunque la implementación de este derecho debe realizarse de forma progresiva, ello no exime a las autoridades de adoptar medidas concretas para hacerlo efectivo.

¿Qué implica este criterio para las universidades y los estudiantes?

La resolución también establece que las universidades públicas pueden fijar reglas administrativas y académicas para organizar su funcionamiento. No obstante, dichas disposiciones no deben convertirse en obstáculos injustificados que impidan a una persona continuar con sus estudios.

Además, la SCJN reiteró que los congresos estatales deben prever recursos públicos suficientes para avanzar gradualmente en la gratuidad de la educación superior, conforme a las obligaciones previstas en la Constitución.

En conclusión: el criterio de la Suprema Corte fortaleció la protección del derecho a la educación al señalar que ni las barreras administrativas ni la falta de previsión presupuestal pueden justificar, por sí solas, afectaciones indebidas a la continuidad de los estudios de las personas.

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