Skip to content Skip to footer

Ley del Consumidor: ¿pueden restringir la venta en artículos con descuento?

Un video que se volvió viral en redes sociales mostró a trabajadores de una tienda de autoservicio presuntamente escondiendo productos del Mundial 2026 en oferta para impedir que los clientes los compraran y, posteriormente, llevárselos ellos mismos. 

La escena generó indignación y abrió una duda entre los consumidores: ¿la ley permite este tipo de prácticas? Aquí en el sitio “El Mundo del Derecho” te explicamos los detalles. 

¿Qué dice la ley? 

Cuando un establecimiento anuncia una promoción al público, está obligado a respetar las condiciones bajo las cuales fue ofrecida. Así lo establece el Capítulo IV de la Ley Federal de Protección al Consumidor, que regula las promociones y ofertas.

Además, el artículo 48, fracción II, señala que todo consumidor que reúna los requisitos de la promoción tiene derecho a adquirir el bien o servicio durante el plazo anunciado o mientras exista disponibilidad. En otras palabras, la tienda no puede reservar los productos para determinadas personas ni imponer restricciones que nunca fueron informadas a los clientes.

Eso no significa que los artículos en promoción sean ilimitados. Si el establecimiento informó previamente que la oferta aplicaba hasta agotar existencias o fijó un número determinado de piezas, esas condiciones sí pueden hacerse valer. 

Lo que no puede hacer es cambiar las reglas una vez iniciada la promoción o negar la venta de manera arbitraria.

¿Cuáles son las reglas para las ofertas? 

Los artículos 46, 47, 48 y 50 de la Ley Federal de Protección al Consumidor establecen las reglas que deben seguir los proveedores cuando anuncian promociones o descuentos.

Entre los puntos más importantes destacan:

  • Una oferta consiste en vender un producto o servicio a un precio inferior al habitual (artículo 46).
  • El proveedor debe informar con claridad la vigencia, las condiciones y, cuando aplique, el número de productos disponibles (artículo 48, fracción I).
  • Todo consumidor que cumpla con los requisitos de la promoción tiene derecho a comprar el producto mientras exista disponibilidad (artículo 48, fracción II).

Si el proveedor incumple la oferta, el consumidor puede exigir que se respete la promoción o ejercer los derechos previstos en el artículo 50.

¿Qué hacer si una tienda no respeta una promoción?

Si un consumidor considera que una tienda ocultó mercancía en oferta, negó la venta sin una razón válida o incumplió las condiciones anunciadas, puede reunir pruebas como fotografías, videos, publicidad de la promoción o tickets de compra y presentar una queja ante la Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco).

Será la autoridad la encargada de revisar cada caso y determinar si el establecimiento incumplió la Ley Federal de Protección al Consumidor o vulneró los derechos de los consumidores.

powered_inventiva_blanco (1) (2) (1)

© 2026 El Heraldo de México – All rights reserved