SCJN: ¿se protege la autonomía presupuestaria del Poder Judicial?
¿Puede un congreso estatal ordenar que el Poder Judicial pague una pensión con su propio presupuesto? La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) respondió que sí puede establecer esa obligación, pero únicamente si garantiza los recursos suficientes para cumplirla.
Con este criterio, el máximo tribunal reiteró que la autonomía presupuestaria forma parte de la independencia con la que deben funcionar los órganos jurisdiccionales. Aquí en el sitio “El Mundo del Derecho” te explicamos los detalles.
¿Qué dice la Corte?
Al resolver las Controversias Constitucionales 282/2025, así como 9, 64, 71 y 78, todas de 2026, el Pleno de la Suprema Corte determinó que, cuando un congreso local impone al Poder Judicial la obligación de cubrir una pensión con cargo a su presupuesto, también debe asegurar la asignación de los recursos necesarios para cumplir con esa responsabilidad.
De acuerdo con el Alto Tribunal, esta medida busca respetar el principio de división de poderes y evitar que otro órgano del Estado imponga cargas económicas que afecten el funcionamiento de los tribunales.
En palabras de la Corte, “cuando un congreso local establece que un poder judicial estatal debe cubrir una pensión con cargo a su presupuesto, también debe garantizar la asignación de los recursos presupuestarios necesarios para hacer frente a esa obligación”.
¿Por qué la Corte invalidó los decretos del Congreso de Morelos?
El caso surgió después de que el Congreso del Estado de Morelos emitiera diversos decretos para conceder pensiones por jubilación y viudez, ordenando que éstas fueran cubiertas con recursos del propio Poder Judicial estatal.
Sin embargo, la Suprema Corte consideró que esa decisión vulneraba la autonomía presupuestaria del órgano jurisdiccional, ya que imponía obligaciones económicas sin contemplar la suficiencia presupuestaria correspondiente.
Por ello, el Pleno invalidó las porciones de esos decretos y ordenó que el Congreso de Morelos los adecue conforme a los criterios fijados por el máximo tribunal.
¿Qué implica esta decisión para el Poder Judicial?
La SCJN reiteró que la autonomía e independencia de los poderes judiciales “comprende la facultad de administrar sus recursos sin que otro poder público les imponga unilateralmente cargas económicas sin prever la suficiencia presupuestaria correspondiente”.
Además, estableció que el Congreso del Estado de Morelos deberá observar este criterio en la emisión de futuros decretos relacionados con pensiones, a fin de respetar el equilibrio entre los poderes públicos.
Con esta resolución, la Suprema Corte concluyó que “la protección de la autonomía presupuestaria constituye una garantía institucional para el adecuado funcionamiento” de los poderes judiciales, al impedir que otras autoridades comprometan sus recursos sin garantizar previamente el financiamiento necesario.

