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¿Se garantiza la investigación y persecución en el caso de la Guardería ABC? Esto dice la Corte 

A más de 17 años del incendio ocurrido en la Guardería ABC de Hermosillo, Sonora, uno de los casos más graves en materia de derechos humanos de la historia reciente de México volvió a llegar a la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).

La pregunta clave es: ¿el paso del tiempo puede impedir que se investiguen y sancionen hechos relacionados con la tragedia? Aquí en el sitio “El Mundo del Derecho” te explicamos los detalles. 

¿Qué determinó la SCJN sobre el caso de la Guardería ABC?

La Suprema Corte resolvió un asunto relacionado con el incendio ocurrido el 5 de junio de 2009 en una guardería del esquema vecinal comunitario del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), donde perdieron la vida 49 niñas y niños y muchas otras personas resultaron lesionadas.

El caso llegó al Máximo Tribunal después de que una persona vinculada a proceso por su probable participación en los delitos de homicidio y lesiones culposas argumentara que la acción penal debía considerarse prescrita debido al tiempo transcurrido desde los hechos.

Sin embargo, la SCJN concluyó que, tratándose de los hechos relacionados con la Guardería ABC y dada su naturaleza como graves violaciones a derechos humanos, la acción penal ejercida en este caso es imprescriptible, es decir, no se extingue por el simple paso del tiempo.

Al explicar su decisión, la Corte recordó que “cuando los hechos constituyen graves violaciones a los derechos humanos, la acción penal no debe extinguirse por el paso del tiempo”, pues ello permite garantizar los derechos de las víctimas y combatir la impunidad.

¿Por qué la Corte consideró que los delitos no prescriben?

El Pleno de la SCJN señaló que lo relevante no es si la conducta investigada fue dolosa o culposa, ni si ocurrió por acción u omisión, sino la gravedad de los daños ocasionados y sus repercusiones sobre las víctimas.

De acuerdo con la resolución, tanto el derecho internacional como la jurisprudencia interamericana y los criterios de la propia Suprema Corte reconocen que las graves violaciones a derechos humanos deben investigarse y perseguirse sin que el transcurso del tiempo impida el acceso a la justicia.

Además, el Tribunal determinó que los hechos ocurridos en la Guardería ABC constituyen graves violaciones a los derechos humanos, al haberse vulnerado derechos fundamentales como la vida, la salud y la integridad física y emocional de niñas y niños.

La Corte también recordó que esta clasificación ya había sido reconocida anteriormente por la propia SCJN mediante la Facultad de Investigación 1/2009 y por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH), las cuales concluyeron que el incendio derivó de múltiples omisiones atribuibles a diversas autoridades del Estado.

¿Qué sigue en el proceso?

La resolución de la Suprema Corte no implica una sentencia condenatoria ni determina la responsabilidad penal definitiva de la persona imputada.

Lo que hizo el Máximo Tribunal fue devolver el asunto al tribunal colegiado correspondiente para que continúe con el análisis relacionado con la legalidad del auto de vinculación a proceso y la posible responsabilidad penal de la persona involucrada.

Sin embargo, la Corte precisó que dicho análisis deberá realizarse tomando en consideración que la acción penal es imprescriptible debido a la gravedad de las violaciones a derechos humanos acreditadas en el caso.

Con esta decisión, la SCJN determinó que el paso del tiempo no extingue la acción penal relacionada con estos hechos y que el análisis del caso deberá continuar siendo investigado y perseguido penalmente, con el objetivo de garantizar el derecho de las víctimas y sus familiares al acceso a la justicia, la reparación del daño y la no repetición.

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