¿Te pueden negar la atención médica por temas de presupuesto? Esto dice la SCJN
Acudir a un hospital y recibir atención médica parece algo garantizado por la ley, pero ¿qué ocurre cuando una autoridad argumenta que no cuenta con recursos suficientes para brindar determinados servicios?
Esa pregunta llegó recientemente al Máximo Tribunal a partir de una norma que aplicaba en Baja California y que estaba relacionada con la atención de personas pertenecientes a pueblos y comunidades indígenas. Aquí en el sitio “El Mundo del Derecho” te explicamos los detalles.
La atención médica no depende del presupuesto
Al resolver la Acción de Inconstitucionalidad 145/2024, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) invalidó una disposición de la Ley de Derechos, Cultura Indígena y Afromexicana del Estado de Baja California que condicionaba la atención médica de personas hablantes de lenguas indígenas a la existencia de presupuesto disponible.
La norma establecía que los servicios de salud en lengua indígena sólo podrían garantizarse si existían recursos para contratar personal médico o personas traductoras que hablaran la lengua de las y los pacientes.
Para el máximo tribunal, esa condición resultaba inconstitucional porque el acceso a los servicios de salud no puede quedar sujeto a la disponibilidad presupuestaria de las autoridades.
La Corte sostuvo que el derecho a la salud tiene carácter fundamental y, por tanto, las autoridades están obligadas a garantizarlo de manera efectiva, especialmente cuando se trata de grupos históricamente vulnerables, como los pueblos y comunidades indígenas.
¿Por qué son importantes los traductores en los servicios de salud?
La SCJN destacó que las personas traductoras e intérpretes cumplen una función indispensable para garantizar que las personas indígenas puedan comunicarse adecuadamente con el personal médico.
Su participación permite explicar síntomas, padecimientos, diagnósticos y tratamientos en la lengua de la persona usuaria, lo que contribuye a una atención médica adecuada y libre de barreras lingüísticas.
Por ello, el tribunal consideró que la falta de recursos económicos no puede utilizarse como argumento para limitar o restringir este derecho.
¿Qué implica esta decisión para los pueblos indígenas?
Con esta resolución, la Suprema Corte reafirmó que las personas integrantes de pueblos y comunidades indígenas tienen derecho a recibir atención médica en condiciones de igualdad y con los apoyos necesarios para garantizar una comunicación efectiva con el personal de salud.
Además, estableció que ninguna autoridad puede justificar la falta de atención o de servicios de traducción bajo el argumento de que no existe presupuesto suficiente para proporcionarlos.
En conclusión: la decisión fortalece la protección del derecho a la salud de los pueblos indígenas y reconoce que el acceso a servicios médicos cultural y lingüísticamente adecuados forma parte de las obligaciones que deben cumplir las instituciones públicas.

