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¿Qué pasaría si niegan el acceso al agua al no acreditar una vivienda? Esto dice la SCJN 

Abrir la llave y no tener agua ya es un problema grave. Pero el problema para las familias que habitan en asentamientos irregulares comienza con demostrar oficialmente el lugar donde viven. 

Frente a este escenario, la Suprema Corte resolvió que la falta de papeles oficiales de vivienda no puede convertirse automáticamente en una barrera para reclamar el derecho humano al agua. Aquí en el sitio “El Mundo del Derecho” te explicamos los detalles. 

¿Qué dijo la Corte sobre el derecho al agua?

La resolución de la SCJN mencionó que el derecho humano al agua incluye un “mínimo vital indispensable para una vida digna”.

Además, sostuvo que ese acceso debe garantizarse de manera inmediata incluso cuando las personas habiten en asentamientos irregulares o no regularizados.

En el análisis se explicó que el Estado tiene la obligación de proporcionar agua “suficiente, salubre, accesible y asequible para usos personales y domésticos”.

Por ello, consideró que negar el análisis de estos casos únicamente por falta de documentos formales de domicilio termina afectando derechos humanos básicos.

Asimismo, el Alto Tribunal estableció que las autoridades “deben adoptar medidas efectivas para garantizar el suministro regular de agua y condiciones adecuadas para almacenarla”.

SCJN corrigió el criterio de un juzgado

El caso surgió en Ciudad Juárez, Chihuahua, donde habitantes de un asentamiento humano irregular reclamaron que no contaban con suministro suficiente y constante de agua potable.

Sin embargo, un juzgado de distrito decidió no estudiar el asunto al considerar que las personas afectadas no acreditaron su domicilio mediante documentos oficiales.

La Suprema Corte corrigió ese criterio y señaló que, “en contextos de irregularidad y pobreza, basta la manifestación bajo protesta de decir verdad sobre el lugar donde se habita para acreditar interés legítimo en el amparo”.

De acuerdo con la resolución, esto evita que los requisitos probatorios se conviertan en barreras para acceder a la justicia.

¿Qué implica esta decisión para las personas afectadas?

Con esta resolución, la Suprema Corte reconoció que las personas que viven en asentamientos irregulares sí pueden acudir al amparo para exigir acceso al mínimo vital de agua.

Además, dejó claro que la falta de regularización de una vivienda no puede utilizarse automáticamente como argumento para impedir el estudio de este tipo de casos relacionados con derechos humanos básicos.

El asunto corresponde al Amparo en Revisión 544/2025, retomado por la SCJN como parte de sus criterios relacionados con acceso al agua y protección constitucional.

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