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¿El derecho a una pensión depende de un trámite burocrático? Esto dice la SCJN 

Imagina quedarse sin pensión por un simple trámite que ni siquiera te correspondía. Ese fue el obstáculo que enfrentó una mujer en México tras la muerte de su esposo, en un caso que pone sobre la mesa hasta dónde pueden llegar los requisitos burocráticos.

La respuesta ya la dio la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) y es contundente, aquí en el sitio “El Mundo del Derecho” te explicamos los detalles. 

La pensión no se condiciona a un trámite 

El criterio surgió del análisis del Amparo Directo en Revisión 5666/2025, en el que una mujer —viuda de un trabajador de PEMEX— solicitó una pensión tras el fallecimiento de su esposo.

La solicitud fue rechazada bajo el argumento de que el trabajador no la había designado expresamente como beneficiaria. Es decir, se condicionó el acceso al derecho a un trámite previo que dependía exclusivamente de la persona fallecida.

Ante este escenario, la Corte fue clara al establecer que el “derecho a una pensión no puede depender de un trámite que no te toca a ti”.

Se vulneran derechos fundamentales

Al resolver el caso, la Suprema Corte de Justicia de la Nación ordenó otorgar la pensión y determinó que exigir ese tipo de designación previa vulnera derechos constitucionales.

En particular, señaló afectaciones a:

• El derecho a la igualdad

• El acceso a la seguridad social

• La protección a la familia

Además, el máximo tribunal enfatizó que la seguridad social tiene una finalidad protectora, por lo que no puede condicionarse a requisitos burocráticos que escapan del control del solicitante.

“Un requisito burocrático no puede dejar a una familia sin protección”, sostuvo el criterio difundido por la Corte.

Un precedente que cambia el acceso a pensiones

La resolución deja un mensaje claro: no se puede negar una pensión por la falta de un trámite que dependía de otra persona, especialmente cuando se trata de proteger a familiares tras un fallecimiento.

La Corte fijó un criterio que pone por encima los derechos sustantivos sobre los formalismos administrativos: “No te pueden dejar sin pensión solo porque tu pareja no cumplió con un trámite burocrático”.

Este fallo refuerza el acceso a la seguridad social en México y abre la puerta para que casos similares puedan resolverse con un enfoque más justo y menos restrictivo.

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