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¿Las empresas pueden explotar el litio de México? Esto determinó la SCJN 

El litio, considerado uno de los recursos más estratégicos para el futuro energético, ya tiene un dueño claro en México: el Estado. La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) puso fin al debate sobre si empresas privadas pueden participar en su explotación.

En una resolución clave, el máximo tribunal validó el modelo que reserva completamente este mineral a la Federación, cerrando la puerta a concesiones privadas y redefiniendo las reglas del sector minero. Aquí en el sitio “El Mundo del Derecho” te explicamos los detalles. 

Litio es exclusivo del Estado

El Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación validó el decreto que reformó la Ley Minera, mediante el cual se estableció que la exploración y explotación del litio son actividades exclusivas del Estado.

De acuerdo con la resolución, la legislación es clara al “establecer la exclusividad del Estado en la exploración y explotación del litio, así como la prohibición de otorgar concesiones a particulares”.

En ese sentido, la Corte avaló los artículos 1, 5 Bis y 10 de la Ley Minera, los cuales reservan estas actividades al Estado, definen al litio como un recurso estratégico y contemplan la creación de un organismo público encargado de su aprovechamiento.

Uno de los puntos clave del fallo es que el litio fue incorporado como área estratégica de control exclusivo federal, lo que le da sustento constitucional a esta política.

El Pleno destacó que la reforma constitucional de octubre de 2024 consolidó este modelo, al establecer como parámetro que no pueden otorgarse concesiones en esta materia.

Esto significa que, a diferencia de otros minerales, el litio no puede ser explotado por empresas privadas bajo ningún esquema de concesión.

Otro de los argumentos analizados por la Corte fue si la reforma debía someterse a consulta previa a pueblos indígenas y afromexicanos.

Al respecto, el Tribunal determinó que “no era exigible la realización de una consulta previa (…) al considerar que la reforma no generó una afectación directa y diferenciada en sus derechos humanos”.

La Corte explicó que se trata de un cambio general en el régimen jurídico del litio, sin impacto específico sobre estos grupos.

Zonas de reserva y control técnico del litio

La resolución también valida que los yacimientos de litio sean considerados zonas de reserva minera, lo que implica un control especial por parte del Estado.

En este punto, el Pleno sostuvo que esta clasificación cumple con los principios de legalidad y seguridad jurídica, ya que su aplicación debe seguir procedimientos técnicos establecidos en la ley.

Entre ellos, se contempla la intervención del Servicio Geológico Mexicano, que deberá sustentar técnicamente la identificación de estos yacimientos.

¿Qué significa esto para las empresas?

Con esta resolución, queda claro que:

• Las empresas privadas no pueden obtener concesiones para explotar litio

• El Estado tiene control total sobre su exploración y aprovechamiento

• Cualquier participación privada quedaría limitada a esquemas indirectos, si los hubiera

En términos prácticos, el litio se consolida como un recurso estratégico bajo control exclusivo del Estado mexicano.

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