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¿Qué facultades tienen las fiscalías en materia de género? Esto dice la SCJN 

Las fiscalías especializadas en delitos de género pueden tener un papel más amplio en la operación de los Centros de Justicia para las Mujeres. Así lo determinó la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) al analizar una norma relacionada con la Fiscalía General del Estado de Chihuahua.

La decisión del máximo tribunal aclaró hasta dónde pueden llegar las atribuciones de estas fiscalías cuando se trata de coordinar, supervisar y dar seguimiento al funcionamiento de los centros que brindan atención a mujeres víctimas de violencia. Aquí en el sitio “El Mundo del Derecho” te explicamos los detalles. 

Corte avala facultades de fiscalía especializada

El Pleno de la Suprema Corte validó la fracción E del artículo 8 bis de la Ley Orgánica de la Fiscalía General del Estado de Chihuahua, que establece diversas facultades para la Fiscalía Especializada en Atención a Mujeres Víctimas del Delito por Razones de Género en relación con los Centros de Justicia para las Mujeres.

Entre estas atribuciones se encuentran coordinar el trabajo de las dependencias que integran estos centros, vigilar sus funciones y presidir su Consejo Consultivo.

“La Suprema Corte validó la fracción E) del artículo 8 bis de la Ley Orgánica de la Fiscalía General del Estado de Chihuahua”, que otorga a la fiscalía facultades para coordinar y supervisar el funcionamiento de los Centros de Justicia para las Mujeres.

Centros de Justicia para Mujeres pueden depender de fiscalía

Durante el análisis del caso, el Tribunal Pleno explicó que en Chihuahua los Centros de Justicia para las Mujeres funcionan como órganos desconcentrados de la Fiscalía General del Estado, lo que es compatible con la legislación federal.

“Los Centros de Justicia para las Mujeres funcionan como órganos desconcentrados de la Fiscalía General del Estado, lo cual es compatible con lo previsto en la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia”, menciona el comunicado. 

En ese contexto, la Corte concluyó que delegar facultades a la fiscalía especializada para coordinar y supervisar su funcionamiento constituye un ejercicio válido de sus atribuciones.

Estados deben garantizar autonomía y recursos

El máximo tribunal también subrayó que, aunque estos centros puedan depender administrativamente de una fiscalía, los gobiernos estatales deben asegurar que cuenten con autonomía técnica y recursos suficientes.

“Los estados deben garantizar la autonomía técnica de los Centros de Justicia para las Mujeres para que cuenten con los recursos financieros, humanos y materiales necesarios”, añade. 

De esta manera, la Corte busca garantizar que las víctimas de violencia de género puedan acceder de manera fácil, oportuna, integral y efectiva a los servicios que brindan estos centros.

La resolución corresponde a la Acción de Inconstitucionalidad 154/2021, analizada por el Pleno de la Suprema Corte el 10 de marzo de 2026.

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