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¿Te pueden obligar a conseguir otra vivienda para un inquilino? Esto dijo la SCJN 

Cuando termina un contrato de renta, muchas dudas surgen entre propietarios e inquilinos sobre qué obligaciones continúan vigentes. En algunos casos, incluso se ha planteado si la ley puede exigir a la persona dueña de un inmueble conseguir otra vivienda para quien ocupaba la propiedad.

Este escenario llegó hasta la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), que analizó si una legislación local podía imponer esa responsabilidad a los propietarios. 

La decisión del máximo tribunal establece límites claros sobre hasta dónde pueden llegar las obligaciones legales en los contratos de arrendamiento. Aquí en el sitio “El Mundo del Derecho” te explicamos los detalles. 

Sin obligación para los propietarios

El Pleno de la Suprema Corte determinó que “no puede imponerse a las personas propietarias” la obligación de conseguir otra vivienda para el arrendatario cuando termina un contrato de alquiler.

Al resolver el Amparo Directo en Revisión 2265/2023, la Corte invalidó una porción de la Ley de Inquilinato del estado de Veracruz que obligaba a la persona dueña del inmueble a proporcionar otra vivienda al inquilino.

De acuerdo con el criterio del máximo tribunal, “no es constitucional trasladar a particulares obligaciones que corresponden al Estado”, ya que una medida de ese tipo puede afectar el derecho de propiedad.

La disposición analizada por el máximo tribunal establecía que el propietario debía “proporcionar otra vivienda al arrendatario o arrendataria, en las mismas condiciones de alquiler” cuando concluyera el contrato. Sin embargo, la Suprema Corte concluyó que esta obligación excedía los límites que pueden imponerse a los particulares.

El tribunal explicó que, si bien “el derecho a la vivienda incluye seguridad jurídica en la tenencia”, ello no significa que los propietarios deban asumir responsabilidades que corresponden a las políticas públicas del Estado.

Un caso desde hace más de seis décadas 

El asunto que llegó a la Corte se originó cuando el propietario de un inmueble destinado a casa habitación demandó la terminación de un contrato de arrendamiento celebrado en 1959 en la ciudad de Veracruz, así como la desocupación del inmueble.

En una etapa previa del proceso judicial se determinó que debía cumplirse con la obligación prevista en la ley local; sin embargo, la Suprema Corte revisó el caso y revocó esa decisión al conceder el amparo al propietario.

Límites entre el derecho a la vivienda y la propiedad

Con esta resolución, el máximo tribunal reiteró que la protección del derecho a la vivienda debe garantizarse principalmente a través de acciones del Estado.

En ese sentido, la SCJN sostuvo que “aunque el derecho a la vivienda incluye seguridad jurídica en la tenencia”, no es válido imponer a los propietarios la obligación de proporcionar alojamiento alternativo, ya que ello vulnera el derecho de propiedad.

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