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¿Se puede aplicar multa cuando el conductor no es el dueño del auto? Esto dice la SCJN 

Prestar el automóvil a un familiar o amigo puede parecer un acto cotidiano, pero en algunos casos termina en un problema legal inesperado: una multa de tránsito aplicada a quien no iba manejando. Pero, ¿desde cuándo corre el plazo para impugnarla si el propietario nunca fue notificado directamente? 

Para resolver esta situación, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) fijó un criterio que impacta directamente a miles de conductores y dueños de vehículos en el país. Aquí en el sitio “El Mundo del Derecho” te explicamos los detalles. 

Plazo para impugnar una multa

Al analizar este tipo de casos, el Pleno de la SCJN estableció que cuando una infracción de tránsito se impone al conductor y no a la persona propietaria del vehículo, el plazo para promover un amparo indirecto no puede contarse automáticamente desde la notificación hecha al conductor.

La Corte determinó que “si la persona propietaria del vehículo impugna la multa, el plazo para promover amparo indirecto debe contarse desde que tiene conocimiento directo del acto”, y no desde una notificación que fue entregada a un tercero.

Evitar que el derecho de defensa se pierda

En la práctica, muchas personas se enteran de una multa hasta que intentan realizar un trámite vehicular, como la verificación o el pago de derechos. En esos casos, el plazo legal para impugnar puede haber transcurrido sin que el propietario haya tenido noticia alguna de la sanción.

Ante ese escenario, la SCJN advirtió que iniciar el cómputo del plazo desde una notificación ajena afecta el acceso efectivo a la justicia. Por ello, sostuvo que “el cómputo del plazo debe iniciar cuando la persona afectada conoce de manera real y directa la infracción”.

¿La multa sigue siendo válida?

El criterio del máximo tribunal no elimina las multas de tránsito ni impide que las autoridades sancionen infracciones cometidas por conductores distintos al dueño del vehículo. Lo que cambia es el momento a partir del cual la persona propietaria puede defenderse legalmente.

La resolución busca evitar que alguien quede en estado de indefensión por no haber sido notificado de manera personal, aun cuando la sanción termine afectando su patrimonio o sus trámites administrativos.

En conclusión, la Suprema Corte estableció que, cuando una multa de tránsito se impone al conductor y afecta al propietario del vehículo, el plazo para promover amparo comienza cuando este último tiene conocimiento directo de la infracción. Con ello, se refuerza el derecho de defensa y se evita que las personas pierdan la posibilidad de impugnar sanciones por causas ajenas a su control.

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