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¿Los tribunales están obligados a juzgar con perspectiva de género? Esto dice la SCJN

¿Sabes que ocurre cuando una persona es juzgada sin que se analice si actuó bajo un contexto de violencia, miedo o dominación? La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) abordó recientemente este tema al revisar un caso penal que puso sobre la mesa el alcance real de la perspectiva de género en la impartición de justicia.

El análisis del máximo tribunal dejó un mensaje claro para jueces y tribunales del país, especialmente cuando existen indicios de vulnerabilidad o discriminación. Aquí en el sitio “El Mundo del Derecho” te damos los detalles.

Obligados a juzgar con perspectiva de género

La SCJN concluyó que los tribunales están obligados a juzgar con perspectiva de género, en particular cuando existen indicios de violencia, discriminación o vulnerabilidad en el caso.

Al analizar la situación de una mujer sentenciada que alegó haber actuado bajo amenazas, dominación y miedo, la Corte determinó que, ante este tipo de señalamientos, la autoridad no puede ser omisa y debe profundizar en el contexto en el que ocurrieron los hechos.

De acuerdo con el criterio del máximo tribunal, cuando los datos del caso lo sugieran, la autoridad judicial debe ordenar pruebas adicionales, como peritajes psicosociales, para esclarecer si la conducta estuvo influida por un entorno de violencia o sometimiento.

Juzgar sin estereotipos

En dicha resolución, la Corte fue enfática al señalar que el análisis judicial debe evitar decisiones basadas en estereotipos de género, y realizar una valoración integral de todas las pruebas y circunstancias del caso.

Esto implica analizar no solo los hechos de manera aislada, sino también el grado de participación y culpabilidad de la persona acusada, considerando el contexto social, psicológico y estructural que pudo haber influido en su conducta.

¿Qué pasa si el tribunal no aplica este enfoque?

La SCJN advirtió que si un tribunal omite estos pasos, la resolución puede ser revocada y el procedimiento reabierto, a fin de que el caso sea analizado nuevamente y se aplique plenamente la perspectiva de género.

La Corte subrayó que el objetivo es garantizar decisiones que busquen “la justicia y la igualdad”, y evitar que el sistema penal reproduzca prácticas discriminatorias.

Este criterio fue establecido al resolver el Amparo Directo en Revisión 5248/2023, y tiene como finalidad fortalecer la protección de los derechos de las mujeres en conflicto con la ley, así como eliminar prácticas discriminatorias dentro del sistema penal.

Con esta resolución, la Suprema Corte reiteró que la perspectiva de género no es una opción, sino una obligación indispensable para una impartición de justicia más justa e igualitaria.

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