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Reglamento de Tránsito CDMX: ¿cuál sería el castigo por invadir una calle peatonal? 

Aunque en muchas zonas de la ciudad las calles peatonales están claramente señalizadas, no puede faltar algún conductor que decide ingresar con su vehículo “solo un momento” para estacionarse, cargar mercancía o evitar el tráfico. 

Pero dichas maniobras al volante no solo ponen en riesgo a los transeúntes: el Reglamento de Tránsito establece sanciones claras para quienes invaden áreas exclusivas para peatones. 

Es por ello que aquí en el sitio “El Mundo del Derecho” te explicamos de forma sencilla lo que marca la norma de tránsito

¿Cuál es la multa por invadir una calle peatonal? 

El Reglamento de Tránsito de la Ciudad de México señala que está prohibido transitar, detenerse o estacionarse en zonas destinadas al uso exclusivo de peatones. Esto incluye calles peatonales, andadores, plazas y senderos marcados como de circulación restringida.

Ingresar a estos espacios con un vehículo —aunque sea por unos minutos— se considera una infracción grave, pues implica poner en riesgo directo a las personas que transitan a pie. La autoridad puede sancionar incluso cuando el vehículo está detenido o estacionado, sin necesidad de que esté en movimiento.

La sanción económica por esta infracción va de 20 a 30 Unidades de Medida y Actualización (UMA). Para 2025, cada UMA equivale a 108.57 pesos, por lo que la multa puede oscilar entre 2,171 y 3,257 pesos aproximadamente.

Además del pago de la multa, la autoridad está facultada para remitir el vehículo al corralón, especialmente cuando se obstruye el paso o se genera un riesgo evidente. En estos casos, el conductor debe cubrir también los gastos de arrastre y días de pensión.

¿Cuántos puntos te quitan por dicha infracción? 

El Reglamento de Tránsito también contempla sanciones adicionales. Invadir zonas peatonales es una conducta que puede restar tres puntos a la licencia de conducir dentro del sistema de penalización por puntaje.

Cuando un conductor acumula varios puntos negativos, se expone a cursos obligatorios de capacitación vial, suspensión temporal de la licencia o, en casos extremos, su cancelación.

Este sistema busca desincentivar conductas que ponen en peligro a peatones y ciclistas, considerados los usuarios más vulnerables en la vía pública.

¿Qué pasa si el vehículo ingresa para cargar o descargar?

Aunque algunos comercios o conductores argumentan que solo necesitan entrar “rápido” para cargar o descargar mercancía, la ley es clara: la maniobra no está permitida, salvo cuando exista señalización oficial que autorice accesos restringidos para vehículos de reparto en horarios específicos.

En todos los demás casos, la autoridad puede imponer la multa sin excepción, incluso si la estancia del vehículo fue breve o si el conductor permanecía a bordo.

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