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Ley de Revocación de Mandato: ¿en qué consiste la iniciativa? 

La figura de revocación de mandato —incorporada a la Constitución en 2019 y aplicada por primera vez en 2022— volvió a colocarse en la agenda legislativa con una nueva iniciativa que plantea modificar el procedimiento, los requisitos y los alcances de este instrumento de participación ciudadana.

Aunque el mecanismo ya existe, los legisladores proponen precisar su aplicación, evitar ambigüedades y fortalecer la certeza jurídica del proceso. Aquí en el sitio “El Mundo del Derecho” te damos los detalles al respecto. 

¿Qué es la revocación de mandato y por qué se quiere modificar?

La revocación de mandato es un derecho ciudadano que permite decidir, mediante votación, si una persona electa para la Presidencia de la República debe concluir anticipadamente su periodo por “pérdida de confianza”.

Este instrumento está regulado actualmente por:

• La Constitución, artículo 35, fracción IX,

• La Ley Federal de Revocación de Mandato, publicada en 2021.

Sin embargo, desde su primera aplicación han surgido debates sobre su diseño. 

¿En qué consiste la iniciativa?

Aunque el detalle técnico se revisa en comisiones legislativas, la iniciativa suele concentrarse en cuatro grandes ejes: 

1. Requisitos para solicitar el proceso

Actualmente se exige la firma de al menos 3% de la lista nominal distribuida en 17 entidades.

La propuesta plantea ajustar la verificación de firmas, agilizar los tiempos de validación y reforzar los mecanismos para evitar irregularidades.

El objetivo es que la solicitud sea viable sin entorpecer la operación del órgano electoral.

2. Reglas sobre la participación del Gobierno y la propaganda

A partir de controversias anteriores, la iniciativa propone definir con mayor precisión qué tipo de comunicación gubernamental es permitida durante el proceso.

La intención es impedir que la autoridad en funciones influya en el resultado mediante mensajes oficiales disfrazados de “información institucional”.

3. Organización a cargo del INE

Se busca clarificar —y en algunos casos modificar— las facultades del Instituto Nacional Electoral para instalar casillas, difundir información oficial y administrar los recursos asignados al ejercicio.

El propósito es evitar litigios y dar certeza sobre el papel del árbitro electoral.

4. Efectos del resultado y umbrales de participación

Hoy la Constitución exige una participación mínima del 40% de la lista nominal para que el resultado sea vinculante.

Algunas versiones de la iniciativa analizan si este porcentaje debe mantenerse o ajustarse.

También se precisa que, si la mayoría vota por la revocación, el Congreso debe nombrar a un presidente sustituto, como marca el artículo 84 constitucional.

¿Qué cambiaría para la ciudadanía?

De aprobarse, la iniciativa podría traducirse en:

• Procesos más claros y menos litigiosos,

• Mejores reglas para evitar el uso político del mecanismo,

• Mayor transparencia en firmas, resultados y difusión,

• Un ejercicio más ágil en términos operativos.

Para las personas votantes, la experiencia sería más ordenada y con información oficial definida por ley, no por interpretaciones posteriores.

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