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¿Es ilegal la retención de migrantes en México? Esto dijo la Justicia Federal

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Miles de personas migrantes son retenidas cada año en estaciones migratorias del país, pero pocos saben cuál es el límite legal de esas detenciones.

Una nueva sentencia de la Justicia Federal aclara hasta dónde pueden llegar las autoridades antes de vulnerar derechos fundamentales. Aquí en el sitio “El Mundo del Derecho” te damos los detalles al respecto.

La retención prolongada vulnera derechos fundamentales

El Pleno Regional en Materia Penal de la Región Centro-Norte, con sede en la Ciudad de México, resolvió que cuando se reclame, mediante juicio de amparo indirecto, la privación de la libertad por más de 36 horas de personas migrantes en cualquiera de sus denominaciones —ya sea aseguramiento, medida de apremio, alojamiento o sanción—, debe concederse la suspensión de oficio y de plano.

De acuerdo con la resolución, “retener por más de 36 horas a personas migrantes en estaciones migratorias se considera un ataque a la libertad personal fuera de procedimiento prohibido por el artículo 21 constitucional”.

Por ello, las autoridades deberán liberar inmediatamente a las personas retenidas una vez cumplido dicho plazo, sin perjuicio de que continúen con su trámite administrativo migratorio.

Además, el comunicado explica que estas suspensiones buscan salvaguardar los derechos fundamentales de las personas migrantes, dada su especial condición de vulnerabilidad.

El Pleno Regional detalló que el “aseguramiento, alojamiento y/o detención” que exceda el límite de 36 horas activa de forma automática la medida cautelar prevista en el artículo 126 de la Ley de Amparo, por considerarse un acto que atenta contra la libertad personal fuera de procedimiento.

“Dada la situación que padecen las personas migrantes en los centros de detención, este Pleno Regional considera necesario que dichas autoridades conozcan que si exceden las 36 horas de retención, se incurre en un ataque a la libertad personal prohibido por la Constitución”, subraya el pronunciamiento.

Un precedente judicial con enfoque humanitario

La resolución se enmarca en el compromiso del Poder Judicial de la Federación por armonizar la aplicación de la ley con el marco nacional e internacional que protege los derechos de las personas migrantes.

En ese sentido, el órgano recordó que la suspensión de oficio y de plano debe concederse sin demora, garantizando que los migrantes no sean objeto de privaciones arbitrarias de libertad y puedan continuar sus procedimientos en libertad y bajo condiciones seguras.

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