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¿Cuáles son los requisitos para la donación de órganos? Esto dice la ley

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Morir no siempre significa el final. Y en México una decisión puede darle vida a más de siete personas: la donación de órganos. Pero detrás de ese acto de amor, la ley guarda un silencio incómodo.

Aunque todos podríamos ser donadores por defecto, el marco jurídico sigue siendo ambiguo y débil, dejando que, muchas veces, la voluntad del donador se pierda entre la burocracia y el dolor familiar. Aquí en el sitio “El Mundo del Derecho” te damos los detalles.

“Se requiere que la decisión de ser donador se manifieste en vida y se cuente con el consentimiento de la familia”, señala el Centro Nacional de Trasplantes (CENATRA), el organismo que coordina y supervisa los procesos de donación en México.

Una voluntad que no siempre se cumple

La Ley General de Salud, en su Título Décimo Cuarto, distingue dos tipos de consentimiento:

  • Tácito, cuando la persona no expresa su negativa a donar, por lo que se asume su disposición.
  • Expreso, cuando alguien manifiesta por escrito —o mediante una tarjeta oficial— su deseo de donar órganos o tejidos.

Aunque en papel parece claro, en la práctica no lo es tanto. Los hospitales deben informar y consultar a la familia antes de proceder con la extracción de órganos. Si los familiares se oponen, la voluntad del donador queda sin efecto.

“En México falta una política integral que facilite la donación, con procesos claros y uniformes”, advierten especialistas en bioética del sector salud.

De este modo, la decisión más íntima y generosa puede terminar dependiendo de la interpretación emocional del momento.

¿Cuáles son los requisitos para ser donante?

Para ser donador, la persona debe cumplir con varios criterios legales y clínicos:

  • Ser mayor de edad y estar en pleno uso de sus facultades mentales.
  • No padecer enfermedades contagiosas que comprometan la viabilidad del órgano.
  • En el caso de donaciones en vida, que el procedimiento no ponga en riesgo la salud del donador.
  • Que la intervención se realice en un hospital autorizado por COFEPRIS y registrado ante el CENATRA en el Registro Nacional de Trasplantes.

El artículo 333 de la Ley General de Salud establece que toda donación debe realizarse bajo los principios de altruismo, ausencia de lucro y confidencialidad.

“La donación y el trasplante de órganos deben ser actos éticos y solidarios, no una transacción económica”, puntualiza la Secretaría de Salud.

Pese a existir regulación, la ley mexicana deja huecos que frenan la donación. No establece con claridad cómo actuar cuando existe contradicción entre la voluntad del donador y la oposición familiar, ni define un mecanismo nacional para resolver conflictos éticos en hospitales.

Quienes deseen donar pueden registrarse en el sitio oficial del CENATRA (www.gob.mx/cenatra) y obtener una Tarjeta de Donador Voluntario.

El proceso incluye llenar un formato con datos personales y expresar la voluntad de donar órganos o tejidos, ya sea total o parcial.

También se recomienda comunicar la decisión a la familia, para evitar objeciones posteriores. En donaciones en vida, los donadores deben someterse a estudios médicos de compatibilidad antes de autorizar cualquier procedimiento.

En este Día Mundial de la Donación de Órganos, más allá de las normas y los vacíos legales, el mensaje es claro: donar es dar continuidad a la vida. Pero este gesto requiere una legislación más clara, uniforme y respetuosa de la voluntad individual.

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