Skip to content Skip to footer

1 de septiembre: ¿Cómo son los períodos de sesiones en el Congreso de la Unión?

Además de la renovación del Poder Judicial en México y el primer informe presidencial de Claudia Sheinbaum Pardo, el 1 de septiembre dará inicio el primer periodo de sesiones ordinarias en el Congreso de la Unión.

Aquí, en El Mundo del Derecho te contamos cómo son los tiempos en los que legislan los diputados y senadores en el país.

¿Cuándo inician los períodos de sesiones en el Congreso?

El artículo 65 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos señala que el primer periodo de sesiones ordinarias en el Congreso de la Unión comienza el día 1 de septiembre de cada año, mientras que el segundo da inicio el 1 de febrero.

La Carta Magna agrega que durante ambas etapas las Cámaras de Diputados y de Senadores “se ocuparán del estudio, discusión y votación de las Iniciativas de Ley que se le presenten” así como de otras resoluciones que establezca la Ley.

Es importante destacar que en dichos periodos, los legisladores deberán dar prioridad a todos los asuntos que se señalan en la Ley Orgánica del Congreso General.

¿Cuánto durarán los periodos ordinarios en el Congreso?

“Cada período de sesiones ordinarias durará el tiempo necesario para tratar todos sus asuntos”. Esto queda establecido en el artículo 66 constitucional que también establece los siguientes plazos máximos:

  • El primer período de sesiones ordinarias no puede prolongarse más allá del 15 de diciembre o del 31, cuando se trata del año en el que se renueva la Presidencia.
    El segundo período no puede pasar del 30 de abril del año correspondiente.

Cabe destacar que en caso de que las Cámaras de Diputados y Senadores no lleguen a un acuerdo sobre el cierre de períodos, la persona que ocupe la Presidencia será la encargada de resolverlo.

¿Cuándo se llama a sesiones extraordinarias?

De acuerdo con lo que establece la Constitución, el Congreso se reunirá en sesiones extraordinarias cuando así lo convoque la Comisión Permanente para resolver un asunto en particular.

El artículo 67 constitucional aclara que este periodo puede ser convocado para ambas Cámaras o solo uno de ellas. Sin embargo, en cualquiera de los dos casos, únicamente podrá abordarse el tema acordado.

© 2025 El Heraldo de México – All rights reserved