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¿Qué debes considerar para terminar un contrato mercantil? Esto dice la Suprema Corte

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¿Ya sabías que romper un contrato mercantil de forma unilateral y sin una causa justificada puede salir caro? Así lo determinó la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) al resolver un caso en el que una empresa automotriz dio por terminada su relación comercial con una proveedora, sin formalizar la rescisión ni presentar motivos válidos.

El máximo tribunal advirtió que, aunque las partes tienen libertad para poner fin a una relación contractual, “estas no pueden hacerlo de forma unilateral sin justificación alguna”. De lo contrario, pueden incurrir en responsabilidad contractual y estar obligadas a pagar daños y perjuicios. Aquí en el sitio de “El Mundo del Derecho” te damos los detalles.

El caso y la resolución

La controversia se originó cuando la automotriz dejó de solicitar folios protectores a su proveedora y comenzó a buscar otros proveedores, pese a que ambas partes mantenían un contrato marco —denominado Carta de Nominación— derivado de una licitación pública.

Aunque este contrato no fijaba un plazo de vigencia, la Corte consideró que generaba una expectativa de duración en función del objetivo pactado.

La SCJN destacó que, en estos casos, la interpretación de las cláusulas debe atender tanto a lo pactado por las partes como a las prácticas comerciales y a la forma en que funcionaba la relación.

“Las causas de terminación anticipada se deben examinar a partir de los documentos presentados en juicio en los que se observe la forma en que funcionaba la relación contractual, conforme a las disposiciones supletorias y los usos comerciales”, señaló la Primera Sala en el comunicado.

Al concluir que la empresa automotriz actuó de manera anticipada e injustificada, la Primera Sala concedió el amparo a la proveedora y ordenó que se emita una nueva sentencia que considere la indemnización correspondiente por el incumplimiento.

La resolución, aprobada por unanimidad de cinco votos y con la ponencia de la ministra Loretta Ortiz Ahlf, deja un precedente importante: terminar un contrato mercantil no es una decisión que pueda tomarse a la ligera, sobre todo cuando la ley y los usos comerciales exigen respetar las condiciones pactadas y las expectativas generadas en la contraparte.

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