SCJN avala penas de hasta 30 años por difundir videos íntimos de menores
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) advirtió que difundir material sexual en el que participen niñas, niños o adolescentes no es solo un delito grave, sino una conducta que merece sanciones severas.
Por ello, la Primera Sala confirmó la constitucionalidad de imponer penas de entre 15 y 30 años de prisión para castigar esta modalidad de trata de personas. Aquí en el sitio de “El Mundo del Derecho” te damos los detalles.
Proteger a la niñez y frenar la normalización de la violencia sexual
El caso revisado involucró a una persona sentenciada a 15 años de cárcel por compartir videograbaciones de actos sexuales reales con menores de dieciocho años.
El máximo tribunal subrayó que “la sanción es proporcional a la gravedad de la conducta y a los bienes jurídicos que se busca proteger: el libre desarrollo de la personalidad, el desarrollo de las personas menores e incapaces, la moral pública, la dignidad y la libertad personal”.
La SCJN resaltó que la trata de personas es un fenómeno complejo que involucra abusos, malos tratos, tortura y delitos que vulneran profundamente la dignidad humana.
Por ello, consideró razonable que el legislador establezca sanciones severas cuando se trata de conductas que afectan gravemente a niñas, niños y adolescentes, como la producción o difusión de material sexual en el que participen.
En su resolución, la Primera Sala puntualizó que “el hecho de que se aplique la misma pena a quien procure, promueva, obligue, publicite, gestione, facilite o induzca, por cualquier medio, a una persona menor de dieciocho años de edad a realizar actos sexuales con fines sexuales reales […] no transgrede el principio de proporcionalidad de las penas”.
La medida, añadió, busca brindar mayor protección a este grupo vulnerable y evitar la normalización de estas conductas delictivas.
La sentencia, emitida el 13 de agosto de 2025 con la ministra Loretta Ortiz Ahlf como ponente, fue aprobada por unanimidad de cinco votos, negando el amparo solicitado y confirmando la pena impuesta.

