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La justicia administrativa, una herramienta para la reivindicación de los derechos humanos

Por Juan Carlos Arjona

En la elección judicial de 2025 se elegirán 9 personas como Ministras de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, 2 personas para la Magistratura de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, 15 personas para la Magistratura de las Salas Regionales del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, 5 personas para la Magistratura del Tribunal de Disciplina Judicial, 464 personas para Magistraturas de Circuito y 386 personas de Juzgadoras de Distrito, es decir, un total de 881 cargos judiciales a nivel federal, ello sin sumar los 19 procesos electorales judiciales para los poderes judiciales electorales de entidades federativas. Aquí cabe destacar que los cargos a nivel magistratura y juzgados de distrito atienden a una clasificación por materia, civil, penal, administrativa, trabajo y mixto (de telecomunicaciones).

Para la ciudadanía mexicana compuesta por 99,797,927 personas según el listado nominal del Instituto Nacional Electoral, la tarea de conocer a las personas candidatas es una tarea titánica, diferenciar las materias jurídicas y el impacto en su vida cotidiana implica un reto colosal. Y, si bien el número de personas a elegir para Magistraturas de Circuito y de Salas Regionales del Tribunal Electoral, y Juzgados de Circuito, será menor porque sólo elegirán a los que corresponden a su distrito judicial electoral, por ejemplo, en mi caso que me postulé para el Magistrado Federal del Primer Circuito que abarca toda la Ciudad de México, únicamente tendrán la posibilidad de votar por mí las personas que su credencial para votar sea de las secciones de la Alcaldía Miguel Hidalgo y gran parte de la Alcaldía Cuauhtémoc, que ascenderá a un poco menos de 700,000 personas (696,520) de un total de 7,754,085 de personas que pueden votar en la Ciudad de México.

En las siguientes líneas va mi granito de arena en esta pedagogía electoral del poder judicial, que trae entre otras cosas positivas el realizar esfuerzos para que la ciudadanía conozca un poco más de como funciona el poder judicial en México. En líneas arriba comentamos que las personas que aspiran a ser juzgadoras o magistradas en la Ciudad de México serán elegidas a la luz de cinco especializades por materia, pero ¿qué significa esto?

Las especializaciones se refieren a los temas que en general conocerá los juzgados y tribunales colegiados de circuito. Por ejemplo, en materia civil, se enfoca a conocer vía juicio de amparo de irregularidades que las personas consideran violentaron sus derechos humanos por decisiones de jueces/zas en materia civil, es decir,  juzgados de primera instancia en materia de contratos (p.e. arrendamiento, compraventa, servicios, etc), de sucesiones (procesos de herencias), matrimonios/divorcios, así como actos jurídicos de temas arriba mencionados y que pueden ser cuestionados vía juicio de amparo por las personas sin necesidad de un juicio ante un juez/a de materia civil.

Por lo que corresponde a la especialización en materia penal, los reclamos que se pueden presentar ante los juzgados y tribunales colegiados de circuito son los que derivan de actuaciones de jueces/zas de primera instancia sobre el debido proceso penal sea como persona imputada o como víctima de un delito. Quienes están a cargo de juicios en esta especialización también podrían conocer de actos realizados por autoridades de seguridad y procuración de justicia, en casos en los que se reclaman detenciones arbitrarias, torturas, cateos ilegales, entre otros. La materia o especialización en trabajo, podría ser las más sencillas pues justo abarca aquellos reclamos enfocados en esta temática.

Sin embargo, una de las materias más relevantes para toda la ciudadanía, por la amplitud de temas que puede conocer, es la administrativa, a continuación, algunas menciones de lo que abarca. Primero, en los artículos 1 y 109 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos se reconocen el derecho a la reparación del daño por violaciones a los derechos humanos y la responsabilidad patrimonial del Estado por sus actuaciones irregulares, y si bien ambos temas podrían conocerse vía civil o penal en algunas circunstancias, la justicia administrativa es a mi parecer uno de los lugares idóneos para exigir el reclamo a las autoridades por su responsabilidad objetiva y directa por la vulneración de derechos de las personas, sea por denegación de servicios, sea por actos directamente infligidos a la ciudadanía. En este caso los reclamos pueden abarcar desde vulneraciones al derecho a la vida, integridad y/o propiedad por falta de tapas en las coladeras en el espacio público o mal puestas; daños a los mismos derechos por baches en vía pública; afectaciones a la movilidad y accesibilidad  otros derechos por omisiones en la atención del espacio en la vía pública, como son las banquetas que traen afectaciones más gravosas a las personas con discapacidad y personas mayores que les impide el libre tránsito; deficiencias en el servicio público de transporte; afectaciones a la propiedad en caso en lo que la autoridad tuviera bajo su resguardo vehículos, predios (habitacional o mercantil), y no tuviera un cuidado adecuado de éstos generando daños irreparables o perdidas. Y, uno de los ejemplos más relevantes es la creación de los alcances de reparación del daño por violaciones a derechos humanos, en el caso de personas desparecidas, o como consecuencia de delitos de alto impacto como feminicidios, en particular de niños y niñas que quedan en orfandad.

La materia administrativa también aborda temas estructurales y de afectación colectiva, por ejemplo, pueden recibir reclamos acerca de la dudosa procedencia de permisos de construcción, entre los que destacan los medioambientales, en construcciones públicas o privadas. La falta de procesos de consulta a comunidades indígenas también podría ser materia de análisis de juzgados y tribunales colegiados en esta materia. Además puede conocer de asuntos individuales, pero de impacto estructural como a la atención médica, desde servicios y acceso a medicamentos. Quienes ocupan cargos de juzgadores/as en materia administrativa tiene una amplia relación con temas que afectan a las personas que pertenecen a grupos de atención prioritaria, como personas mayores, personas con discapacidad o personas migrantes, porque se destinan programas sociales dirigidos a las personas que pertenecen a estos grupos y a quienes la autoridad puede negarle sus derechos.

La amplitud de temas abarca incluye una serie de trámites administrativos que podrían derivar en reclamos ciudadanos que pueden presentarse a la justicia administrativa como los que realiza el registro público de la propiedad, los registros vehiculares, trámites de tenencia, de verificación ambiental, de multas de tránsito, de denegación o cambio en permisos para trabajo y comercio en vía pública, entre tantos asuntos.

Si me he explicado en líneas anteriores, la especialidad en materia administrativa es bastante amplia y abarca muchas esferas de nuestro cotidiano en el mundo contemporáneo, y es de suma relevancia que las personas que ocupen estos cargos judiciales sean sensibles, reconozcan la asimetría natural que habrá en varios de estos juicios entre una persona ciudadana de a pie con relación a todo un aparato estatal con un amplio número de abogados/as defendiendo a las instituciones. Las personas aspirantes a ser juzgadoras y magistradas deben saber aplicar el enfoque diferencial en el que se reconoce las diferencias que tenemos todas y todos los seres humanos, por razones de identidad de género, orientación sexual, edad, discapacidades, orígenes nacionales, sociales, étnicos o religiosos, por condición económica o de salud, entre otros.

En mi caso, mis 24 años de experiencia de trabajo en derechos humanos en los sectores públicos, privados y sociales son una garantía en el conocimiento y aplicación de la justicia en estos y otros temas que se conocen en sede administrativa.

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