Por Pedro Serret Hernández
El 15 de septiembre de 2024 se publicó en el Diario Oficial de la Federación una reforma de gran calado a nuestro sistema judicial, que además de legitimar al Poder Judicial de la Federación y de los Estados a partir de la elección democrática de sus juzgadores, tiene por objeto que esa reconfiguración permita reconciliar a la sociedad con los servidores públicos encargados de impartir justicia.
Transformar ese sentimiento social de injusticia y corrupción, por una percepción de verdadera justicia independiente, pronta, completa, imparcial y gratuita, como lo mandata nuestra Constitución, no será una tarea fácil, pero sí de carácter urgente y prioritario.
Por ende, la interrogante necesaria a plantearse es ¿qué necesitamos para que esa reforma constitucional, cumpla eficientemente esos objetivos?
Evidentemente, requerimos un nuevo perfil de todos los servidores públicos que conformarán ese nuevo Poder Judicial, que además de estar preparados en el área de conocimiento del Derecho, es indispensable su sensibilidad y empatía a la realidad y problemática social, sin dejar de lado la vocación de servicio.
Por mucho tiempo se ha percibido la labor de juzgar como una actividad de una élite, que se fue erigiendo como dueña de la verdad absoluta y provocando el distanciamiento del gobernado de sus propios servidores públicos que protestaron servir la constitución y las leyes que de ella emanen en favor del Soberano, es decir, del Pueblo, porque eso son, servidores públicos de los intereses de la sociedad y no servidores de sus propios intereses.
Sin embargo, ahora se escucha a muchos sectores de la sociedad señalar que sin lugar a dudas es necesaria la preparación en el campo del Derecho de quienes participan de alguna manera en la impartición de justicia, pero también resulta igual de importante y en ocasiones de mayor valía, que esas personas cuenten con valores, conozcan la realidad social del país, sus problemáticas, sus retos, sus dolores, para poder emitir una sentencia o resolver un conflicto legal de manera justa, conscientes de que esas decisiones necesariamente impactan en la vida de las personas, y en muchos casos de forma determinante y permanente.
De tal suerte que, ese conocimiento del Derecho, la empatía y sensibilidad social no debe ser exclusiva de los juzgadores, sino de todos los operadores jurídicos que de una u otra manera son parte de ese servicio público de impartir justicia, pues esta noble y seria labor no sólo se desarrolla en las salas de audiencias, sino que comienza desde que una persona tiene el primer contacto con la autoridad judicial, ya sea mediante la práctica de una notificación o con su presencia en los recintos judiciales como juzgados, tribunales, centros de justicia, etcétera, -sólo por mencionar lo que corresponde al ámbito de las autoridades judiciales-.
Así que, como ciudadanos, podemos empezar por exigir a esos operadores jurídicos que también materializan la impartición de justicia, llámense oficiales de partes, oficiales de gestión, actuarios o notificadores, secretarios de juzgado o tribunal, asistentes de despacho, asistentes de constancias y registro, y en general todos aquellos que conforman la estructura de los órganos de justicia -de carrera judicial o no-, que desarrollen su labor bajo los principios descritos en los códigos de ética que rigen la función jurisdiccional, como el profesionalismo.
Pues como ya lo he destacado en otros artículos, es indispensable la comunicación y la coordinación permanente entre los órganos jurisdiccionales y las áreas de gestión de los procesos, para que juntos contribuyan a que la impartición de justicia sea pronta y eficiente, generando conciencia y compromiso de todos los operadores jurídicos, para erradicar una impartición de justicia tortuosa y aspirar a un servicio público de calidad, reivindicando así la labor de administrar justicia.