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La reforma judicial y Althusser

Por Rafael Anzures Ortiz

Estamos en un momento en el que tenemos que reflexionar muchas cosas a partir de la nueva realidad que enfrentará nuestro país a partir de junio de 2025. Después de que, el pasado 5 de noviembre del presente año, no se obtuvieran los votos necesarios (8 de 11) por los Ministros que integran el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación para que se aprobara el proyecto que presentó el Ministro Juan Luis Alcántara Carrancá, que pretendía invalidar algunos de los aspectos de la muy sonada y polémica reforma constitucional que tuvo como objeto modificar sustancialmente al Poder Judicial (publicada en el Diario Oficial de la Federación el 15 de septiembre de 2024), respecto de diversas acciones de inconstitucionalidad que fueron presentadas y acumuladas, hoy es un hecho que sucederá y hay muchas cosas que tenemos qué pensar.

Comienzo con algunas de las cosas que primero vinieron a mi cabeza con este gran cambio: presupuestalmente hablando, ¿el país tiene la disponibilidad económica para sufragar los más de 13mil millones de pesos que afirmó el Instituto Nacional Electoral que costarán los comicios del año entrante para elegir a los nuevos integrantes del Poder Judicial de la Federación?; ¿además de lo anterior y teniendo nuestro México tantos problemas que urge atender, qué parte del presupuesto se destinará a sufragar la salida de los más de 800 jueces y magistrados que en estas fechas ya renunciaron?; ¿qué sucederá con todos los asuntos que, al momento de la transición se estén sustanciando? Estas preguntas creo que no solo nos afectan a los abogados, sino a todos los ciudadanos de nuestro querido país.

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Seguramente usted pensó en esto y en muchas cosas más; por lo anterior, no quiero hablar de lo que ya se mucho se han dicho y seguramente con mayor profundidad y abundamiento. Lo que quiero es plantear una reflexión que resonó en mi mente por el trasfondo de este gran cambio que afrentamos y que tiene que ver con la ley y su función. Aclaro que la formulo desde mi posición de abogado, pero que no pretendo que se quede en nuestro núcleo, sino que trascienda a todos aquellos a los que aplica la ley. Dicho lo anterior, comienzo.

Tiene algunos años que, por recomendación de un buen amigo, llegué a un breve pero muy rico texto: Ideología y aparatos ideológicos de estado, de Louis Althusser. El autor, filósofo, nacido en Francia en 1918, participó en la Segunda Guerra Mundial, en la cual fue tomado prisionero por el ejército Nazi e internado en un campo de trabajo; a su salida estudió en la Escuela Normal Superior. A pasar de su complejo estado de salud mental, fue uno de los referentes académicos del Partido Comunista Francés y profesor de la escuela en la que estudió y dio clase a grandes filósofos políticos como Michel Foucault. Murió en 1990 a los 72 años. Dedicó sus estudios en gran parte a la ideología, razón por la cual “Ideología y aparatos ideológicos de estado” es su obra más conocida. En este texto (publicado en 1970), que se apoya en los trabajos de Sigmund Freud y Jacques Lacan respecto de la imagen, hace un estudio del Estado y su reproducción. A mi parecer es una de las mejores obras para entender ese complejo concepto que denominamos poder.

Para Althusser, la ideología es la representación de una relación imaginaria que existe materialmente. La ideología representa la relación imaginaria de los individuos con sus condiciones reales de existencia. Aunque podamos pensar que las ideologías son meras ilusiones que no se corresponden con la realidad, lo cierto es que están, de un modo u otro, relacionadas con esa realidad, con las ‘condiciones reales de existencia’. Althusser dice: son ilusiones, pero también alusiones. Es decir, aluden a algo real, tienen un lado ‘objetivo’. En este sentido, no son mundos paralelos, ideas extraterrestres o delirios (en el sentido de anti-reales). Pero tampoco son espejos o reflejos exactos del mundo. Lo que ocurre es que esa relación, sin dejar de ser una relación con algo real, está transpuesta, invertida o deformada. En resumen, existe una relación (alusiva) con el mundo, pero esa relación no nos ofrece un mundo en su (presunta) transparencia, sino un mundo ‘imaginariamente’ trabajado.

Una ideología no es una representación de la realidad,  sino una representación de la relación entre los individuos y esa realidad. Es decir, así como hay un lado ‘objetivo’ (se alude a un mundo real, aunque de forma distorsionada), también hay un lado ‘subjetivo’ (los individuos, nosotros/as, todos/as). Lo representado (imaginariamente) por la ideología es la relación entre lo ‘objetivo’ y lo ‘subjetivo’. En otras palabras, no está la realidad por un lado y los individuos por el otro; las ideologías operan sobre la relación individuos-realidad. Podemos concluir que, tenemos una relación “imaginaria” con la realidad.

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De alguna forma, esa relación imaginara entre nosotros individuos y la realidad es el Estado. El Estado que es un aparato ideológico material que prescribe prácticas reguladas y que posee el monopolio de la fuerza. Esto último nos lleva a un punto de resaltar para la teoría del autor: una condición del Estado es que necesariamente busca su reproducción; la reproducción del poder. Ahora bien, el Estado, para su existencia y reproducción dispone de aparatos ideológicos, a los que denomina por sus siglas AIE. Dentro de los AIE que señala en su libro, encontramos a la iglesia, la familia, los medios de comunicación, la escuela y el derecho dentro de algunos otros.

Resalto el último de los AIE que enlisté, el derecho. Entender, como lo plantea Althusser al Estado y al derecho me hizo pensar y es de donde propongo que reflexionemos sobre la reforma judicial que hoy es “realidad”, que reflexionemos sobre lo que viene -esa reforma fast-track que impide declarar como inconstitucionales a las reformas constitucionales-, pero sobre todo que nos hace cuestionarnos sobre la ley, su función y sobre nuestra posición como sujetos en un Estado de Derecho.

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