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La justicia penal: una responsabilidad compartida más allá del juzgador

Por Brianda Nayeli García

En el complejo entramado del proceso penal, es común que se atribuya la responsabilidad de la impartición de justicia exclusivamente a los juzgadores. Sin embargo, al analizar detenidamente la función de cada uno de los sujetos del procedimiento penal, se evidencia que la eficacia del sistema de justicia penal depende también de la labor que realiza tanto el ministerio público como la defensa.

En mi experiencia como Secretaria de Tribunal, he visto que la fiscalía en la mayoría de las veces se limita a leer la imputación y exponer los datos de prueba sin profundizar en el análisis crítico de las inferencias probatorias.

Mientras que los defensores particulares generalmente adoptan estrategias pasivas, dejando de confrontar o cuestionar de manera efectiva los elementos probatorios presentados por la representación social. También he apreciado que cuando intentan introducir una estrategia alternativa, esta frecuentemente carece del sustento probatorio necesario, lo que termina debilitando la credibilidad de la teoría del caso planteada.

La defensa debe erigirse como un contrapeso activo que, mediante el cuestionamiento riguroso y fundamentado, garantice el respeto a los derechos del acusado y, por extensión, el equilibrio en la administración de justicia.

La interrelación entre estos actores es vital para que se haga efectiva la justicia penal, no deben limitarse a una actitud complaciente. El ministerio público que construye la imputación y la defensa que desafía dicha exposición deben asumir también su papel con responsabilidad y compromiso en la impartición de justicia, pues cuando alguno de estos eslabones falla, no se puede culpar únicamente al juez, quien opera dentro de límites estrictos.

Por más que exista la suplencia de la queja en materia penal, esta no llega al extremo de que los juzgadores puedan sustituirse en el papel de defensor o acusador. La “dolencia” del sistema penal no es exclusiva de la judicatura, sino que emana también de la falta de acción de los restantes sujetos procesales.

Solo mediante una labor comprometida y coordinada –donde el fiscal no se contente con recitar y la defensa no solo decida estrategias pasivas– se puede alcanzar un sistema penal que realmente cumpla con su función de proteger los derechos fundamentales y garantizar un juicio justo.

La sociedad merece y exige, un proceso penal en el que no se delegue la responsabilidad a un solo actor. Es un llamado a la reflexión donde cada participante asuma su función con la seriedad y el compromiso que demanda la búsqueda de la verdad y la justicia.

En definitiva, la justicia penal efectiva es aquella que reconoce y fortalece la interdependencia de sus componentes, asegurando que ningún eslabón se debilite en detrimento de la totalidad del sistema.

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