El autor hace un repaso histórico sobre la proclamación y consumación del proceso político y social a través de las actas de sesiones
Por Guillermo Silva Aguilar
El pasado 28 de septiembre se cumplieron 203 años de que se consumó la independencia de lo que actualmente es México.
No deja de ser paradójico que, aún cuando septiembre es el mes donde festejamos la independencia, tal fecha sea objeto de una conmemoración menor frente a las ceremonias y actos que se llevan a cabo los días 15 y 16 de septiembre, para recordar el inicio de la lucha por la emancipación de España en 1810.
Si partimos de estas fechas, el proceso para lograr la independencia del entonces Virreinato de la Nueva España, habría durado 11 años y 12 días, de los cuales el levantamiento de Miguel Hidalgo comprendió un poco más de 6 meses, en tanto fue apresado el 21 de marzo de 1811 y fusilado el 30 de julio de ese mismo año, por lo que después de ese primer momento, aún tendrían que transcurrir más de 10 años para que nuestro país pudiera afirmar su soberanía e independencia frente a España.
Si bien no se tiene algún registro sobre el hecho de que se hubiese celebrado algún acto conmemorativo en septiembre de 1811, es de suponerse que la fecha no pasó desapercibida para quienes formaban parte del movimiento Insurgente.
Para abril de 1812, Ignacio López Rayón ya había consignado en el punto 33 de sus “Elementos Constitucionales” que el 16 de septiembre se conmemorara la proclamación de la Independencia, así como el 29 de septiembre y el 31 de julio, fecha de los onomásticos de Hidalgo y Allende, además del 12 de diciembre, consagrado a nuestra Señora de Guadalupe.
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El 16 de septiembre, López Rayón habría hecho una ceremonia para recordar el levantamiento de Hidalgo en Huichapan, en el edificio conocido como “El Chapitel” con descarga de artillería, un desfile militar, una misa y un festejo popular.
En términos semejantes, José María Morelos y Pavón, en el punto 23 de los llamados “Sentimientos de la Nación” asentó, el 14 de septiembre de 1813, que se debía solemnnizar “el día 16 de septiembre todos los años, como el día aniversario en que se levantó la voz de la Independencia y nuestra santa Libertad comenzó”, enfatizando la necesidad de recordar el mérito del héroe Miguel Hidalgo y de su compañero Ignacio Allende, siendo esta celebración, junto con la del 12 de diciembre, relativa a María Santísima de Guadalupe, a quien califica como la “Patrona de nuestra libertad” y a la que se alude en el punto 19 del mismo documento, las dos celebraciones que como Nación independiente deberíamos tener conforme dicho documento.
Al consumarse la independencia, Agustín de Iturbide promueve que se conmemore su consumación, la cual no ubica el día que se firma el acta de independencia, es decir el 28 de septiembre de 1821, sino el 27 de septiembre, fecha en que entró el Ejercito Trigarante a la Ciudad de México, iniciativa que ante lo efímero del Primer Imperio Mexicano y consecuente desprestigio de su persona, no se llegó a consolidar.
Iturbide abdica el 19 de marzo de 1823 y para el 15 de septiembre de ese mismo año el Congreso Constituyente, que entonces se encontraba instalado, reconocía la importancia de celebrar anualmente como festividad nacional “el primer grito de nuestra gloriosa libertada dado en el pueblo de Dolores el año de 1810” según el Diario de Sesiones correspondiente.
En los años posteriores, la celebración del 16 de septiembre fue una cuestión recurrente, mientras que la conmemoración de la consumación de la Independencia pasó a un segundo plano. La sombra de lo que representó para mucho ese Primer Imperio Mexicano, las constantes guerras internas y las intervenciones de fuerzas extranjeras que marcaron el siglo XIX propiciaron que lo ocurrido los días 27 y 28 de septiembre de 2021 se desdibujara del interés y conocimiento popular.
El propio documento fundacional de la Nación mexicana, el Acta de Independencia, si bien presidió los trabajos del Poder Legislativo Federal durante el resto del siglo XIX y principios del siglo XX, no fue un documento que públicamente tuviera aprecio y reconocimiento.
En cambio, se quemó durante el incendio de 1909 del recinto legislativo y no fue sino hasta el 21 de noviembre de 1961, que el Estado Mexicano pudo recuperar el original del segundo ejemplar, el cual fue sustraído de los archivos gubernamentales desde 1830, con lo cual México tuvo otra vez un ejemplar del documento que marcó su origen como Nación independiente.
A 203 años de su suscripción sería importante revisar la forma y términos como se concretó la independencia de México, así como el contenido de esos documentos que marcan el inicio de la etapa libre y soberana de nuestro país, para conocer nuestro origen, reconciliarnos con el mismo, y recuperar los elementos valiosos que hay en ello para la construcción de nuestro futuro.
La forma y términos en que se elaboró y suscribió el Acta de Independencia quedó detalladamente documentada en el “Diario de las Sesiones de la Soberana Junta Provisional Gubernativa del Imperio Mexicano, Instalada según previenen el Plan de Iguala y Tratados de la Villa de Córdova” impreso en la Imprenta Imperial de Alejandro Valdes, en 1821.
En este diario, en la parte relativa a la sesión del 28 de septiembre se refiere que la actividad empezó desde la mañana, con el nombramiento que hizo Iturbide de los integrantes de la Junta Provisional Gubernativa del Imperio, cuyos miembros se trasladaron a la Catedral Metropolitana donde tomaron juramento sobre los Evangelios y eligieron a Iturbide como presidente de la Junta.
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Por la tarde del mismo día, la Soberana Junta Provisional Gubernativa se reunió en el Palacio Imperial, en donde se pronunció y firmó por duplicado el Acta de Independencia del Imperio con el siguiente texto:
“La Nación Mexicana que, por trescientos años, ni ha tenido voluntad propia, ni libre el uso de la voz, sale hoy de la opresión en que ha vivido. Los heroicos esfuerzos de sus hijos han sido coronados, y está consumada la empresa, eternamente memorable, que un genio superior a toda admiración y elogio, amor y gloria de su Patria, principió en Iguala, prosiguió y llevó a cabo, arrollando obstáculos casi insuperables. Restituida, pues, esta parte del Septentrión al ejercicio de cuantos derechos le concedió el Autor de la Naturaleza, y reconocen por inenagenables y sagrados las naciones cultas de la tierra; en libertad de constituirse del modo que más convenga a su felicidad; y con representantes que puedan manifestar su voluntad y sus designios; comienza a hacer uso de tan preciosos dones, y declara solemnemente, por medio de la Junta Suprema del Imperio, que es Nación Soberana, e independiente de la antigua España, con quien, en lo sucesivo, no mantendrá otra unión que la de una amistad estrecha, en los términos que prescribieren los tratados: que entablará relaciones amistosas con las demás potencias ejecutando, respecto de ellas, cuantos actos pueden y están en posesión de ejecutar las otras naciones soberanas: que va a constituirse, con arreglo a las bases que en el Plan de Iguala y Tratado de Córdoba estableció, sabiamente, el primer Jefe del Ejército Imperial de las Tres Garantías; y en fin que sostendrá, a todo trance, y con el sacrificio de los haberes y vidas de sus individuos, (si fuere necesario) esta solemne declaración, hecha en la capital del Imperio a veinte y ocho de setiembre del año de mil ochocientos veinte y uno, primero de la Independencia Mexicana”.
Por improbable que parezca, no sólo hay registro de la fecha, sino también de la hora aproximada en la que México consumó su independencia. El Diario de Sesiones consigna que el Acta de Independencia se firmó en la sesión que inició a las siete y media de la noche del 28 de
septiembre de 1821.
De este modo, fue que se formuló el documento con base en el cual México emergió como una Nación independiente y soberana, fecha y acontecimiento que al estar estrechamente vinculados a quien fue el primer Emperador del Imperio Mexicano, fueron relegadas a un segundo plano dentro de nuestra memoria política y social, pero que no dejan de tener valor como el momento y el instrumento jurídico fundacional de la Nación Mexicana.