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TEPJF autoriza a presidenta y funcionarios promocionar la elección judicial, ¿cuál es la regla?

El análisis de las campañas judiciales es un tema que se mantiene en boga, la principal prueba de ello es que en el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) se dio un revés a la prohibición establecida por las autoridades del INE, pero ahora se deberá respetar una regla elemental.

El objetivo del sitio “El Mundo del Derecho” es brindarte información de calidad, es por ello que a continuación te damos los detalles acerca de la autorización del TEPJF para las elecciones judiciales.

¿Cuál es la regla que permite a presidenta y funcionarios promover las elecciones judiciales?

En la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) se decidió por mayoría de votos permitir a servidores públicos e instituciones promocionar el proceso de las elecciones judiciales.

“#TEPJF determina que INE no cuenta con atribuciones exclusivas para la promoción o difusión del ejercicio y de la participación ciudadana en el PEEPJF”, escribieron las autoridades del Tribunal a través de su cuenta oficial de la red social X, antes Twitter.

Pero la única regla que se deberá cumplir para promocionar las elecciones judiciales es no infringir los principios de equidad y neutralidad que se encuentran establecido en el marco de la Constitución.

Este tema fue abordado por las magistradas y los magistrados del Tribunal Electoral debido a las impugnaciones que fueron promovidas por autoridades y actores políticos, al considerar que el INE no podría tener la habilidad exclusiva de promover la participación de los ciudadanos en las elecciones judiciales.

Específicamente, el magistrado Felipe Fuentes consideró que prohibir a los funcionarios e instituciones abordar el tema de las elecciones judiciales resultaría un acción fallida, incluso iría en contra de todo el régimen de la democracia en México.

“Una democracia sin información es una democracia vacía (…). Todo el poder público dimana del pueblo y se instruye para beneficio de este, negarle al pueblo la posibilidad de informarse a través de instituciones equivale a negarle el ejercicio pleno de esa soberanía, la Constitución exige imparcialidad, pero no silencio absoluto, exige legalidad pero no exclusividad injustificada, y exige una democracia abierta, informada y participativa”, indicó el magistrado durante la discusión.

En contradicción, la magistrada Janine Otálora indicó que era necesario respetar la facultad exclusiva del INE durante las elecciones judiciales, debido a que esto se encuentra establecido en el marco de la Ley Electoral.

“No es una restricción creada por el INE, sino que se trata de un mandato que viene en la propia Ley Electoral, sin que haya algún argumento que la desvirtúe”, finalizó la magistrada.

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